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Para la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) otorgarle a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) la facultad de bloquear unilateralmente cuentas bancarias es riesgoso porque puede utilizarse discrecional e indebidamente en perjuicio de las personas y empresas.
Por lo que criticó la iniciativa del senador Ricardo Monreal Ávila porque no se garantiza el respeto a los derechos procesales de las personas, ni su derecho a la audiencia, ni se establecen plazos para comparecer ante la UIF.
Lo que debería garantizarse es que la UIF emita “una resolución fundada y motivada que podría ser impugnada por el interesado”, algo que no está claro en la iniciativa en la que se habla de un listado de personas bloqueadas, señaló Coparmex.
“Consideramos que en la iniciativa se intenta solventar la falta de correspondencia constitucional señalada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al establecerse el procedimiento de bloqueo de cuentas, incluyendo la garantía de audiencia, pero no se distingue el tipo de acto o investigación que motiva el bloqueo, lo cual podría derivar en actos discrecionales de la autoridad”, añadió.
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Expuso que la propuesta del senador pretende “dar la vuelta a la tesis de jurisprudencia de la Suprema Corte que establece la inconstitucionalidad del bloqueo de operaciones activas, pasivas y comerciales bancarias de cuentas”, ya que ahora se habla de un listado de personas bloqueadas.
En un comunicado, la Confederación que preside Gustavo de Hoyos afirmó que la propuesta de cambio de la ley puede afectar garantías individuales y va contra el principio de seguridad jurídica de los particulares.
Agregó que “el bloqueo de operaciones activas y pasivas, así como el de servicios bancario, no deja de ser una medida cautelar”, y lo que se busca es que la Secretaría de Hacienda pueda mantener por más tiempo sus efectos.
Está latente la posibilidad de que sin que se relacione con un procedimiento administrativo y jurisdiccional se congelen cuentas.
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“No se hace la distinción de que estos bloqueos sólo pueden llevarse a cabo con motivo de peticiones de autoridades internacionales, por lo que la UIF podrá seguir llevando a cabo el bloqueo de cuentas con motivos o investigaciones nacionales, argumentado de forma ambigua, la prevención o interrupción de actos ilícitos que ponen en riesgo la seguridad nacional o la seguridad pública, la economía nacional o el sistema financiero”, agregó.
cev/ rdmd