La ordenó la reinstalación de , como presidenta del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca ().

Sánchez González fue inhabilitada por un año para desempeñar el cargo, por el presunto desvió de recursos públicos por la Contraloría General del IEEPCO, por lo que presentó un juicio de la ciudadanía ante la Sala Superior del TEPJF.

La inhabilitación fue impuesta por la segunda sala unitaria especializada en materia de responsabilidades en Materia Administrativas del Tribunal de Justicia Administrativas de Oaxaca.

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Al fundamentar su proyecto, la magistrada Janine Otálora calificó como incorrecto que la contraloría del IEEPCO remitiera el caso al Tribunal de Justicia Administrativas de Oaxaca.

La magistrada Otálora recordó que en términos de la se señala que en el caso de sanciones administrativas se debe notificar al Consejo General del INE a fin de que éste resuelva sobre la remoción o no.

“Las consejerías sólo son removidas por el Consejo General del INE; se invadieron las facultades del INE al no hacer de su conocimiento las conductas graves que se le imputan”.

Así los magistrados avalaron, dejar sin efecto la sentencia del Tribunal de Justicia Administrativa de Oaxaca; dejar sin efecto el nombramiento de la nueva consejera presidenta y reinstalar la consejera Sánchez González.

En el proyecto se ordena a Sala Unitaria responsable, dictar en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación, una nueva sentencia en la que imponga a la demandante una sanción distinta a la inhabilitación y distinta a cualquier otra que implique la remoción del cargo de la demandante.

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