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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) declaró improcedente el otorgamiento de pensión por viudez a tres concubinarios cuyas parejas eran del mismos sexo. Por este caso, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al director general Mikel Arriola.
De acuerdo a la recomendación 53/2017, el IMSS violó los derechos al acceso a la seguridad social, igualdad, no discriminación, legalidad y seguridad jurídica de los tres agraviados.
"De la información recabada por este Organismo Nacional, se pudo acreditar que las autoridades del IMSS omitieron proteger y garantizar los derechos humanos a la seguridad social, igualdad, no discriminación, legalidad y seguridad jurídica, en virtud de que restringieron el acceso de los quejosos a la pensión por viudez en su modalidad de concubinato", detalló la CNDH.
Sostuvo que no hubo justificación "racional y normativa" para declarar improcedente la solicitud de pensión al no haber presentado acta de matrimonio civil. "Ello implicó negar a estas parejas homosexuales, los beneficios que son accesibles a las personas heterosexuales a través del concubinato".
En ese sentido la CNDH consideró procedente la reparación integral en términos de la Ley General de Víctimas, incluyendo se brinde trámite a las solicitudes de pensión planteadas, sin que se exija el dictamen de beneficiario incapacitado, ni acreditar la dependencia económica.
También pidió que " se implementen las acciones necesarias para que pueda otorgarse la pensión a que tengan derecho".
IGC