La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite las solicitudes de facultad de atracción, promovidas en los recursos de revisión extraordinaria, presentados por el gobierno federal contra la creación de la Comisión de la Verdad para el caso Iguala .

El ministro presidente, Luis María Aguilar Morales, informó al Tercer Tribunal Unitari

o que tuvo por recibidas las solicitudes de facultad de atracción y que las envió a la Primera Sala para que resuelva si proceden o no.

“Téngase por recibido el acuerdo de 12 de julio de 2018 del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Ciudad de México, en la solicitud de ejercicio de facultad de atracción 494/2018, por el que informa que dicha solicitud fue turnada a la Primera Sala de ese Alto Tribunal a efecto de que determine si procede solicitar a este órgano jurisdiccional los autos originales del juicio de garantías en que se actúa y de los recursos de revisión extraordinarios interpuestos por diversos órganos del Estado”, indicó el magistrado del Tercer Tribunal Unitario en el expediente de amparo de Salvador "R" El Wereke”.

De acuerdo con las constancias judiciales, el informe del ministro Presidente fue remitido también en los amparos promovidos por Felipe "R" “El Cepillo”, Miguel Ángel "L" y Gildardo" L" “El Gil”.

En su informe, Aguilar Morales ordenó suspender el trámite de los recursos de revisión.

“Asimismo suspendió el trámite y resolución de los respectivos recursos extraordinarios que pudieran haberse remitido al primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito que conoció del recurso de revisión 204/2017 hasta en tanto la primera sala de ese Alto Tribunal se pronuncie sobre la solicitud planteada”, respondió el magistrado.

Si los integrantes de la Primera Sala deciden atraer los recursos, que según fuentes federales hasta ahora son más de 40, será el Máximo Tribunal del país el que resuelva si procede o no crear una Comisión de la Verdad como lo ordenó el Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito.

Esta Comisión, según los cuatro amparos concedidos a algunos de los implicados en la desaparición de los 43 desaparecidos de Ayotzinapa , deberá estar integrada por las familias de las víctimas, personal de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y Ministerios Públicos de la Procuraduría General de la República (PGR).

Para su funcionamiento, los magistrados del Colegiado llamaron al Presidente de la República y a los integrantes del Congreso de la Unión para que proporcionen las facilidades estructurales y presupuestales necesarias.

Hasta ahora, el Primer Tribunal Colegiado desechó 43 de los recursos presentados por el gobierno federal e invocó una jurisprudencia que establece que ni siquiera la Suprema Corte puede modificar o revocar sus resoluciones.

mpb

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