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La Cámara de Diputados aprobó que, en los casos de divorcio bajo el régimen de separación de bienes , si uno de los cónyuges se dedicó preponderadamente a las labores del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos , deberá recibir una compensación.
Las modificaciones al Código Civil Federal establecen que si el cónyuge que se hizo responsable de las tareas del hogar no hubiere generado bienes o si los hubiese generado pero no alcancen la proporción equivalente al valor generado por el otro, el juez deberá decretar en la sentencia el derecho a una compensación .
“Esta deberá decretarse mediante resolución y bajo los principios de equidad y solidaridad, misma que podrá ser de hasta 50% del valor de dichos bienes o, en su caso, conforme a lo convenido por ambos cónyuges ”, señala el documento.
Para otorgar la compensación el juez deberá tomar en cuenta los bienes adquiridos durante el matrimonio , la duración del enlace, los ingresos que el cónyuge haya generado en ese lapso, las necesidades del cónyuge dedicado preponderadamente al hogar o al cuidado de los hijos, entre otros parámetros.
El dictamen, turnado al Senado, indica que en la resolución se fijarán las bases para actualizar la compensación y las garantías para su efectividad.
msl