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juan.arvizu@eluniversal.com.mx
El Senado de la República aprobó, en lo general y en lo particular, con 68 votos a favor, 18 en contra y dos abstenciones, una reforma integral fiscal y penal que fortalece el combate al robo de combustibles.
La reforma, que fue enviada al Ejecutivo para su publicación, unifica los mecanismos de supervisión y control de toda la cadena de producción y comercialización de hidrocarburos y petrolíferos, así como los supuestos y sanciones relativas a estas conductas ilícitas.
Los cambios complementan reformas del 5 de abril, cuando se aprobó elevar penas hasta de 30 años de cárcel a quienes realicen este ilícito.
Los cambios aprobados ayer establecen facultades al Sistema de Administración Tributaria (SAT) y a la Comisión Reguladora de Energía (CRE), instancias que intervendrán en el control del producto, su procedencia, los volúmenes que reciben los expendedores y sus ventas al público.
Destaca Treviño aprobación. El director de Petróleos Mexicanos, Carlos Treviño, reconoció en Twitter la aprobación por parte del Senado del nuevo modelo de combate al robo de combustibles.
El presidente de la Comisión de Hacienda del Senado, Manuel Cavazos Lerma (PRI), destacó que la ley protege al consumidor porque se podrá verificar la venta de gasolinas completas conocidas como “litros de a litro”, y se busca garantizar su calidad y evitar, así, que sean adulteradas y dañen los motores de los vehículos.
Las medidas fiscales que tendrá el Sistema de Administración Tributaria protegen el patrimonio hacendario, ya que evitará la evasión y elusión fiscal del Impuesto sobre la Renta (ISR), del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), afirmó.
Se trata de instrumentos para combatir la posesión, transporte, almacenamiento, distribución y comercialización ilícitos de hidrocarburos y petrolíferos, que lesiona y pone en peligro la vida e integridad de las personas, el patrimonio nacional, el medio ambiente y la economía del país.
Incluye la medición del producto recibido en los servicios que desarrollan los permisionarios de transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos y petrolíferos, hasta su venta final.
Faculta al SAT que autorice la contratación de proveedores de equipos que realicen controles volumétricos, verificación y funcionamiento, y la emisión de dictámenes sobre calidad de hidrocarburos.
Se tipifica como agravante no contar con controles volumétricos, que no operen o funcionen de acuerdo con lo que señale el SAT, y cuando no cuenten con los dictámenes de calidad de los hidrocarburos. La multa por el incumplimiento será de uno a tres millones de pesos.
Se establece como delito la evasión de obligaciones fiscales en la materia, aquellas que no mantienen los controles volumétricos, o si no se cuenta con ellos, además de carecer, alterar, inutilizar o destruir los equipos y programas informáticos que se utilizarán para la medición.
Será considerado delito: realizar, permitir o entregar a la autoridad registros falsos, incompletos o inexactos en los controles volumétricos.
La sanción será de tres a ocho años de prisión, debido a que se trata de una de las áreas estratégicas del Estado.