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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), consideró que no hay sobrerrepresentación de Morena en el Congreso de la Unión , particularmente en la Cámara de Diputados , pues la repartición quedó establecida desde la conformación del convenio de coalición electoral, por lo que no hay “fraude a la ley”.
Con seis votos a favor y el voto en contra del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, los magistrados desecharon las impugnaciones presentadas por los partidos PRI, PAN, PRD y MC, el por el Partido del Trabajo (PT), quien va coaligado con Morena y Encuentro Social.
La Sala Superior avaló el acuerdo aprobado por el Consejero General del Instituto Nacional Electoral (INE), que establece que la pretensión del PT de declarar la invalidez parcial de la cláusula quinta del convenio de coalición Juntos Haremos Historia.
La magistrada presidenta, Janine Otálora, sostuvo que el problema se registra desde el convenio de coalición, y no en los nombres y el partido al que pertenecen quienes ocuparán las curules, por lo que no se acredita ‘fraude a la ley’, de tal manera que metodología del INE “fue correcta”.
Los magistrados consideraron que “no asiste la razón” a los partidos demandantes, debido a que los agravios cuestionan el convenio de coalición, y no contravienen la fórmula de asignación de espacios, sino el parámetro para calcular límite de sobrerrepresentación.
El magistrado Felipe Fuentes Barrera, refirió que el PT conocía el alcance del convenio, por lo que es válido que ahora denuncie fraude por parte de Morena, pues desde la creación del convenio pudo controvertir, y no lo hizo; en este sentido, la magistrada Mónica Soto, comentó que hay ilegalidad por parte de Morena al postular candidatos suyos en por el Partido del Trabajo.
En contra parte, el magistrado Reyes Rodríguez, apuntó que ningún partido debe contar con más de 300 diputados o exceder el 8% de la votación nacional, y que sostuvo que se debe revisar a qué partido pertenece quien ocupara la curul para evitar la mayoría relativa.
afcl
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