La Ley de Seguridad Interior ha sumado ya siete impugnaciones ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación: dos controversias constitucionales y cinco acciones de inconstitucionalidad.
Este lunes, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México presentó la séptima impugnación en contra de la Ley de Seguridad Interior. Se trató de la segunda controversia constitucional en la que argumentaron que la obligación de los organismos constitucionalmente autónomos para proporcionar información a las Fuerzas Armadas en labores de inteligencia para efectos de seguridad interior, invade su competencia.
Además, el escrito de demanda indica que esto pone en riesgo a las víctimas que acuden a la Comisión a presentar quejas, pues sus datos personales quedarían desprotegidos ante las autoridades que requieren esa información.
El municipio de Cholula, Puebla, reclamó otra invasión de competencias al establecer en la ley que las Fuerzas Armadas o Fuerzas Federales se harán cargo de la seguridad pública del territorio mexicano, lo que violenta la libre autodeterminación de la demarcación.
El escrito de demanda fue presentado el pasado 5 de enero y el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo la admitió a trámite el 15 de enero, por lo que todas las impugnaciones que han sido presentadas serán estudiadas por dicho integrante de la Corte.
De las cinco acciones de inconstitucionalidad que han sido presentadas:
1.- La primera fue promovida por los grupos parlamentarios en la Cámara de Diputados del PRD, PAN, Morena y Movimiento Ciudadano el pasado 18 de enero y fue admitida al día siguiente.
2.- El mismo 19 de enero la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ..
3.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ( INAI )
4 y 5.-La Cámara de Senadores y el partido Movimiento Ciudadano promovieron el resto de las acciones de inconstitucionalidad mismas que aún no han sido admitidas ni desechadas por el ministro Pardo Rebolledo.
La Ley de Seguridad Interior fue promulgada el pasado 21 de diciembre de 2017, por lo que este 22 de enero concluyó el término de 30 días naturales para presentar acciones de inconstitucionalidad.
En tanto, las controversias constitucionales aún podrán ser presentadas hasta el 6 de febrero debido a que el término que concede la ley es de 30 días hábiles.
ml