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La confusión que existe en el desarrollo del proyecto de red compartida mayorista en la banda de 700 MHz, nace del fraseo de la propia reforma constitucional en materia de telecomunicaciones; sus propósitos son más claros que su redacción y no se ha logrado, hasta hoy, darle consistencia a ambas cosas: al diseño regulatorio y a sus objetivos primigenios.
Los concesionarios actuales —América Móvil, Telefónica y ATT— y otros quizás, preferían que esta banda tan valiosa (su ubicación en el espectro permite tener grandes coberturas con menor inversión que otras bandas), fuera dividida y licitada directamente como se ha hecho en casi todo el mundo. La idea de contar con una red compartida mayorista, sacó ronchas a algunos, pero lo cierto es que su objetivo era sensato: logar cobertura universal y al mismo tiempo poner este insumo tan importante a disposición de todos los operadores, sean concesionarios o virtuales, para generar más competencia. Así, la figura de la red compartida fue incluida en la Constitución, y a menos de que se reforme, hay que seguir adelante.
Las prebases. Tras año y medio de retraso, el 30 de septiembre la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), publicó en su sitio web varios documentos para consulta pública, incluyendo las llamadas prebases para la licitación de un proyecto de asociación público-privada para la instalación y operación de la red compartida. El esquema es complejo, por ello me voy a enfocar en esta entrega a uno de los elementos propuestos: el subarrendamiento del espectro.
Las prebases señalan que el concesionario de la banda de 700 MHz no será un particular, sino el propio Estado a través de un nuevo organismo descentralizado que ya está en proceso de creación y que se llamará Organismo Promotor de Inversiones en Telecomunicaciones (OPRITEL). Este organismo a su vez arrendará el espectro al ganador de la licitación (Desarrollador) quien será el que construirá la red y prestará el servicio mayorista.
El Desarrollador pagará a Opritel los derechos que genere el espectro, conforme a la Ley Federal de Derechos vigente, además de una contraprestación por el arrendamiento de espectro.
Pero las prebases incluyen también la posibilidad de que el Desarrollador subarriende el espectro de Opritel. ¿A quién lo subarrendaría? Pues a los mismos concesionarios que lo operarían directamente si no existiera la red compartida mayorista.
Dicen algunos que sin el subarrendamiento este proyecto no es costeable, pero más allá de lo financiero, la parte jurídica también se ve complicada y de plano no entra ni con calzador en el proyecto.
El subarrendamiento del espectro. La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión incorporó, afortunadamente, el arrendamiento del espectro que permite un uso más óptimo de este insumo: si un concesionario de espectro no lo utiliza todo o en ciertas zonas, qué bien que pueda arrendarlo a otro concesionario. Sin embargo, la ley nada dice del subarrendamiento. De hecho, el IFT sometió a consulta hace unos meses el proyecto de lineamientos de arrendamiento del espectro, y su artículo 10 prohíbe el subarrendamiento. Claro que en estos días que se someterá a votación del Pleno el proyecto final y será modificado para que cuadre con las prebases pero, en mi opinión, permitir el subarrendamiento del espectro de la compartida a otros concesionarios, es inconstitucional por lo siguiente:
1. El décimo sexto transitorio de la reforma constitucional establece que el Estado garantizará la instalación de una red compartida que contemplará el aprovechamiento de “al menos 90 Mhz de la banda de 700 Mhz”, o sea, toda la banda. Si parte de ese espectro se subarrienda, entonces la red ya no utilizará los 90 MHz para su objetivo.
2. El uso de la banda de 700 Mhz es para servicios mayoristas, tal y como lo plantea el artículo mencionado, entonces, ¿cómo es que se utilizará para servicios minoristas cuando se subarriende a los concesionarios?
3. Las prebases agregaron en una fe de erratas que el subarrendatario será obligado solidario del concesionario respecto de las obligaciones derivadas de la concesión de espectro. O sea que, por ejemplo, si ATT subarrienda, ¿será solidaria de obligaciones relacionadas con la red compartida mayorista? No tiene sentido.
4. El objetivo constitucional de la red compartida se desvirtúa con el subarrendamiento, pues la idea era que los operadores virtuales y los concesionarios tuvieran el mismo acceso al insumo, pero los operadores virtuales no podrían subarrendar el espectro, únicamente concesionarios, con lo que se distorsiona el objetivo inicial del piso parejo para ambos. Inclusive los concesionarios que subarrienden a la compartida podrían vender capacidad a los virtuales volviendo exactamente al escenario que tenemos ahora.
Adicionalmente a lo inconstitucional del subarrendamiento del espectro de la red compartida, existen muchos problemas de implementación de esta figura: ¿Cuál será el precio del subarrendamiento considerando que el monto de derechos es bajo, cómo se fijará? ¿En qué términos subarrendará el Desarrollador y cómo decidirá a quién, dónde y qué cantidad de espectro subarrendar sin trato discriminatorio? ¿Cuáles serán los plazos del subarrendiamiento considerando que el de la concesión es de 20 años y que plazos muy cortos no son operativos? Aún cuando se propone que los ingresos del subarrendamiento se destinen a inversión en el proyecto, es dificilísimo de fiscalizar —con todo y fideicomiso—.
La cuestión es por qué se ha incluido el subarrendamiento en el esquema de la red mayorista, ¿Fue para no desperdiciar el uso del espectro o para hacer viable económicamente el proyecto? En cualquiera de los dos casos la respuesta es que está mal hecho: o le asignaron mucho espectro desde la Constitución, o no era costeable el proyecto, o ambas cosas.
En todo caso, si de cualquier forma el espectro va a terminar siendo explotado directamente por los concesionarios, para qué simulamos, mejor modifiquemos la Constitución y evitemos los costos burocráticos y de intermediación que se están creando con este diseño y que nos llevarán a tener un esquema institucional y operativo confuso que podría terminar de cacique administrador del espectro: una auténtica torre de babel.
*Presidenta de Observatel y profesora de la Universidad Iberoamericana en México. Este artículo refleja la posición personal de la autora.
Twitter @soyirenelevy