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Todo indica que hoy o mañana, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) volverá a someter a votación de su Pleno si Televisa es o no dominante en el Servicio de Televisión y Audio Restringidos (STAR), luego de que el 19 de enero el Primer Tribunal Colegiado Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones integrado por los magistrados Óscar Germán Cendejas Gleason, José Patricio González-Loyola Pérez y Jean Claude Tron Petit (presidente), sentenciaran a favor de Canal 40 de Salinas Pliego, quien impugnó la resolución del IFT que determinó que Televisa NO es dominante. Veamos los pormenores del tema.
¿Qué es la dominancia? Una empresa es dominante o tiene poder sustancial cuando en un mercado específico puede imponer precios o restringir el abasto sin que sus competidores puedan contrarrestar ese poder. Así, una alta participación de mercado, medida en porcentaje de ventas o clientes, es un elemento que puede determinar la dominancia de una empresa. La declaración de dominancia no es una sanción sino la imposición de reglas preventivas (regulación asimétrica) que buscan evitar que afecte o desplace a sus competidores o distorsione un mercado.
El IFT es la autoridad en materia de competencia en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión; cuenta con una autoridad investigadora que revisa este tipo de casos y que, de manera independiente, realiza las investigaciones y entrega los resultados al Pleno de siete comisionados quienes tienen la última palabra.
¿Qué resolvió el IFT? La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión de 2014 obligó al IFT a iniciar una investigación sobre si existen empresas dominantes en el STAR. Así, la autoridad investigadora a cargo de Ricardo Salgado, emitió su dictamen preliminar en marzo de 2015 en el sentido de que Grupo Televisa sí es dominante en TV de paga en 2124 municipios del país (86%). Sin embargo, el 30 de septiembre de 2015, el Pleno del IFT por mayoría de cinco votos contra dos, determinó que Televisa NO es dominante. Lo lastimoso de esta resolución es que carece de argumentos suficientes, es mágica. Como era de esperarse, hubo impugnaciones. Uno de los amparados fue Canal 40 a quien afecta la resolución pues de declararse dominante, Televisa deberá pagar la retrasmisión de sus señales en televisión de paga. Las críticas a la resolución del IFT han sido casi unánimes entre los académicos y especialistas incluso más allá de lo resuelto por el Tribunal.
El 16 de febrero, Judith Mariscal del CIDE organizó el seminario “El IFT ante los tribunales: dominancia, audiencias y portabilidad”. En la mesa respectiva, José Roldán Xopa, Alexander Elbittar y Miguel Flores Bernés, coincidieron en que no hay congruencia entre la decisión del IFT y los hechos analizados para la toma de la misma, lo cual le da el carácter de ilegal, tal y como el Tribunal determinó. Más aún, Roldán Xopa calificó de “sospechosa” la resolución y Flores Bernés, ex comisionado de la Comisión Federal de Competencia, apuntó que se trata de una resolución atroz, una de las peores decisiones de competencia de la historia del país (el vídeo del evento puede verse en esta liga https://www.youtube.com/watch?v=h554hErXIAQ).
Por otro lado, Francisco Castillo y Elisa Mariscal (consejera del Consejo Consultivo del IFT), elaboraron un estupendo documento de análisis del tema en el que califican la resolución del IFT como “un fallo sorprendente. En página y media vertieron argumentos contrarios a todo el acervo de información que apuntaba el Dictamen Preliminar…” Este documento se puede consultar en: https://www.competitionpolicyinternational.com/wp-content/uploads/2017/02/Paper-Dominancia-Edited-1.pdf
¿Qué resolvió el Tribunal? Que el Pleno del IFT actuó ilegalmente porque tomó información de un período distinto al de la investigación. La autoridad investigadora estudió el periodo que va de enero de 2009 a agosto de 2014, mientras que el IFT revisó de septiembre de 2014 al 30 de enero de 2015 y en ello se basó para determinar la NO dominancia. Ahora el IFT deberá dictar una nueva resolución evaluando los datos utilizados en el dictamen preliminar y no otros.
¿Qué resolverá el IFT? Que la pluma se me haga chicharrón y me dará mucho gusto equivocarme, pero el IFT otra vez dirá, por mayoría de votos, que Televisa NO es dominante. Mire usted, en el Pleno hay dos comisionados economistas: Ernesto Estrada y María Elena Estavillo. Una resolución de competencia económica es insostenible si los dos economistas del Pleno votan en contra, pero Estrada votó a favor de la NO dominancia. La vigencia de su cargo de comisionado en el IFT termina precisamente mañana y qué cree, pues que está en la lista para ser ahora comisionado de la Comisión Federal de Competencia Económica, así que, si quiere ese puesto no lo dejarán irse del IFT sin ratificar la NO dominancia de Televisa.
Las chicanas de Segob. Increíble que la Secretaría de Gobernación realice tan burdas chicanas. Recordará usted los nefastos lineamientos de clasificación de contenidos audiovisuales que expidió Segob en 2015, en los que adelantan los horarios y ahora los programas de clasificación B15, por ejemplo, pueden transmitirse desde las 7 pm. Pues bien, Clara Luz Álvarez interpuso un amparo en contra de ellos y logró que la jueza Silvia Cerón resolviera dejar sin efectos dos artículos, uno de ellos es precisamente el relativo a los nuevos horarios. Ya en revisión del Primer Tribunal Colegiado (el mismo de la dominancia), Segob abrogó esos lineamientos de 2015 y publicó unos prácticamente iguales.
¿Para qué lo hizo? Pues precisamente para intentar que se sobresea —se deje sin efectos— el amparo de Clara Luz argumentando que los lineamientos de 2015 ya no existen. ¡Qué cosa! Pero los dos artículos que se invalidaron no tuvieron modificaciones sustanciales, así que bien haría el Tribunal en no aceptar este tipo de chicanas y negar el sobreseimiento con base en que no hubo cambios de fondo en el texto de los lineamientos y en el interés superior de la niñez. No podemos seguir en este país basando las decisiones en simulaciones asquerosas como esta de Segob.
Presidenta de Observatel y profesora de la Universidad Iberoamericana.
Esta columna refleja la posición personal de la autora.
Twitter: @soyirenelevy