Multa a Telcel. En agosto de 2011, se publicó en el Diario Oficial el plan de calidad del servicio local móvil; en él se señalan los parámetros que deben cumplir los operadores de estos servicios. En el caso de telefonía, por ejemplo, la proporción de intentos de llamada fallidos debe ser menor a 3% igual que la proporción de llamadas interrumpidas, los mensajes de texto (SMS) que no llegan en 175 segundos se consideran fallidos también y deben ser menores a 5%.

En noviembre del año pasado, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) anunció una multa a Telefónica por 410 millones de pesos precisamente por rebasar el porcentaje de intentos de llamada fallidos en la ciudad de León, Guanajuato durante una medición que hizo el Instituto en 2015. La multa está calculada con base en el 1% de los ingresos totales anuales que la empresa tiene en México, de conformidad con la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. De la revisión del sitio web del IFT, se puede observar que Telcel también incumplió: en la medición de 2015 en Cuernavaca, Telcel 2G tuvo 3.59% de llamadas fallidas y Telcel 3G, 3.50%, es decir, por arriba del tope de 3% que marca el Plan de Calidad. Aun no se ha dado a conocer la imposición de la multa, pero deberá seguir el mismo camino que la de Telefónica, solo que en el caso de Telcel superaría los 3 mil mdp, considerando también el 1% de los ingresos de la empresa. Telefónica impugnó la sanción argumentando diversas cuestiones técnicas, además de considerar que la base para la multa debe ser solo los ingresos de la región 7 (en donde se encuentra León) y no de todo el país. De ser el caso, seguramente Telcel también irá a los tribunales. Veremos.

La Red Compartida. Finalmente el viernes pasado fueron publicadas las bases para licitar el proyecto de la red compartida mayorista que utilizará la banda de 700 Mhz. Es imposible desarrollar, en unos cuantos párrafos, el análisis de todos los documentos que se han publicado, así que mencionaré algunas ideas.

1. Subarrendamiento. El documento es muchísimo mejor que el que se había sometido a consulta pública el año pasado; por ejemplo, la posibilidad de que ganador de la licitación (Desarrollador) subarrendara el espectro, claramente inconstitucional, fue eliminada y ya no está contemplada en las bases. La concesión del espectro la tendrá un organismo descentralizado que se encuentra en proceso de creación (OPITEL) y este le arrendará el espectro al Desarrollador, quien obtendrá una concesión de red compartida mayorista.

2. Contraprestaciones. El gobierno aportará los 90 MHz del espectro radioeléctrico y un par de hilos de fibra óptica de la CFE. OPITEL deberá pagar los derechos que se causan anualmente por el espectro, alrededor de 366 mdp (monto para 2016), a su vez, el Desarrollador pagará a OPITEL esa misma cantidad por concepto de arrendamiento. El problema con este esquema es que el pago de la renta causará el IVA al Desarrollador, lo que se evitaría si se le hubiese otorgado a éste la concesión de espectro. Por otro lado, el Desarrollador pagará a OPITEL el 1% de los ingresos generados por el proyecto.

3. Carga administrativa. Será alta la carga que tendrá el ganador del proyecto, deberá obtener todas las autorizaciones, permisos, derechos de vía, muebles e inmuebles relacionados con la instalación y operación de la red. En este punto, algo tendrá que hacer el gobierno federal pues con lo complicado que es obtener los permisos y demás, no puede dejar a “su suerte” al Desarrollador, de lo contrario los incumplimientos en el despliegue de la red serán justificados y esto entorpecerá el proyecto. Adicionalmente, existen fuertes candados que tienen por objeto asegurar el cumplimiento del Desarrollador: la constitución de un fideicomiso de mil mdp para asegurar inversiones, una garantía de cumplimiento del contrato por 5 mil mdp, penas convencionales de 4 mdp por cada décima de punto porcentual no alcanzado de la meta comprometida en el calendario por cada mes de retraso, entre otras.

4. Participantes. El IFT emitió ya los “Elementos de referencia para identificar previamente los agentes económicos impedidos para tener influencia en la operación de la red compartida”. En ellos se establece que los operadores actuales por sí mismos o a través de otras personas pertenecientes a su grupo de interés económico NO podrán participar individualmente en el concurso, pero sí a través de un consorcio siempre y cuando, en caso de resultar ganadores, su participación en dicho consorcio no les confiera influencia en la operación de la red compartida. Es decir, sí podrán inyectar dinero pero ninguno de ellos podrá tener el control o tomar decisiones dentro del consorcio. Así que lo más probable es que los interesados en participar sean nuevas empresas, sobre todo extranjeras.

5. Regulación asimétrica. El modelo de título de concesión de red compartida incluye la obligación de que el Desarrollador someta a autorización sus tarifas. Esto no lo incluye, por ejemplo, el título de concesión de red mayorista que acaban de otorgarle al organismo Telecomm, ni está obligado el preponderante, América Móvil; me parece que este punto podría ser revisable o, al menos, deberían dar a conocer los que utilizará el IFT en el proceso para que esta aprobación no cause incertidumbre entre los inversionistas.

La Subsecretaría de Comunicaciones de Mónica Aspe realmente sorprendió para bien con estos documentos que integran las bases y que, si bien son mejorables, realmente ya se le empieza a ver forma a este proyecto que podría marcar un antes y un después en la historia de las telecomunicaciones de México. Los ojos nacionales e internacionales del sector, están puestos en esto. Una felicitación a su equipo y también al del IFT que escucharon y atendieron varias de las preocupaciones que existían y con ello ha regresado la credibilidad al proyecto. Claro que esto apenas empieza, pero el pronóstico ha mejorado radicalmente.

*Presidenta de Observatel y profesora de la Universidad Iberoamericana. Esta columna refleja la posición personal de la autora.

Twitter: @soyirenelevy

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