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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó bajar del aire el spot “Qué Piensa”, pautado por el PRI, pero en el que aparece el precandidato panista Ricardo Anaya con elogios al aspirante priísta José Antonio Meade.
El mensaje, que comenzó a transmitirse ayer, fue señalado por Acción Nacional por supuesto uso indebido de la pauta, calumnia, actos anticipados de campaña y uso indebido de recursos públicos.
Por unanimidad de los consejeros electorales Adriana Favela, presidenta de la Comisión, Claudia Zavala y Benito Nacif, se determinó que no está restringido que aparezca el precandidato de un partido en mensajes de otro partido.
“No existe en sí mismo impedimento legal para que durante esta fase [de precampañas] los partidos retomen o empleen manifestaciones o expresiones de material emitido o proveniente de algún otro precandidato o partido político o tercero para fijar su posicionamiento”, siempre que la referencia o aparición de otro precandidato puede interpretarse como un mensaje emitido a la militancia del partido que pauta el mensaje, acordaron los consejeros electorales.
En el promo, Ricardo Anaya se refiere al precandidato tricolor como “un mexicano del que nos sentimos muy orgullosos” y que tiene solidez técnica, verticalidad y “extraordinaria calidad humana”, pero Acción Nacional consideró que no se pone el contexto en que se dijeron esas frases y se usan recursos públicos pues el video fue grabado por el gobierno federal ya que fue emitido en la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
Los consejeros resolvieron que si bien no se pone en el spot que el discurso de Anaya Cortés fue de 2013, no se advierte que se haya modificado o manipulado el sentido de las expresiones del panista, quien habló así en su calidad de presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.
La consejera Pamela San Martín, presente en la comisión, pero sin voto, recordó que cosa distinta sería si en los promos de un partido aparece el precandidato de otro con un mensaje evidentemente manipulado, lo que en apariencia no ocurrió en este caso.
La Comisión de Quejas del árbitro electoral determinó que no se acredita el uso indebido de la pauta que acusa el PAN porque la falta de referencia de la calidad de precandidato Meade no es suficiente para suspender su emisión, y tampoco hay calumnia porque no se advierte la imputación de delitos o hechos falsos.
Tampoco advirtieron que haya actos anticipados de campaña pues el tipo de mensajes contenidos en el spot corresponde al periodo de precampañas en curso.