Bronco al fin, Jaime Rodríguez decidió saltarse las trancas del INE y, sin acudir a la audiencia que le ofreció el instituto para defenderse de la invalidación de más de 387 mil 897 firmas por “falsificación” y “fotocopias” que lo dejaron sin los apoyos suficientes para registrar su candidatura independiente a la Presidencia, formuló un Recurso de Apelación y una demanda en contra de la autoridad electoral ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en la que pide a los magistrados revocar el fallo del INE y restituirle sus derechos políticos para ser candidato independiente, ya sea dejando sin efectos legales la revisión y la invalidación de sus firmas u otorgándole un nuevo “tiempo razonable” para recabar nuevos apoyos y resolver así “el estado de indefensión” en el que lo dejaron los consejeros electorales.
El recurso de apelación ya fue presentado en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE el pasado 19 de marzo a las 10:59 de la mañana junto con la demanda que les pide presentar ante el Tribunal Electoral. De ambos escritos esta columna tiene copia y en la demanda, que será presentada ante la Sala Superior del TEPJF en las próximas horas —antes del sábado— a pesar de que El Bronco reconoce no haber agotado la cadena impugnativa, al brincarse el procedimiento del instituto, pero justifica que por el poco tiempo que queda para el comienzo de las campañas (29 de marzo) y por el riesgo de que los consejeros del INE no presenten rápido su impugnación y por tanto le nieguen el registro, eso lo colocaría en desventaja de no poder iniciar a tiempo su campaña, por lo que pide a los magistrados aceptar su Apelación bajo el principio “per saltum” para ir directamente al Tribunal y evitar que por falta de tiempo le mermen su derecho.
El aspirante independiente impugna la revisión y modificación registral de sus 387 mil 897 firmas y acusa al INE de haber cometido en su contra varios “agravios” al realizar un segundo proceso de revisión de los apoyos ciudadanos que ya habían sido revisados y validados por su aplicación móvil, que se supone fue diseñada para generar certeza y evitar “el error humano” por lo que “la autoridad electoral —dice— carecía de facultades para modificar los resultados de los apoyos recabados por esa aplicación, según la cuál él ya había cumplido el requisito de ley para ser candidato al entregar 1 millón 209 mil 507 “apoyos válidos de ciudadanos inscritos en la lista nominal”.
Jaime Rodríguez sostiene en sus alegatos, que sustenta en 32 hojas con varias tesis de jurisprudencia de la Suprema Corte y del mismo Tribunal Electoral federal, que los consejeros del INE violaron no solo sus “derechos humanos” al negarle derecho de audiencia no posterior ni extemporánea al proceso de revisión de las firmas, cuando ya habían decretado la invalidación de sus apoyos, sino durante el proceso de validación para darle oportunidad de corregir posibles fallas o errores o tiempo para recabar nuevos apoyos, con lo que también afectaron sus derechos político-electorales de votar y ser votado al haber modificado con esas revisiones el estado de sus apoyos y ponerlo en una situación de incumplimiento de los requisitos legales. Acusa además que el INE le causó un “perjuicio público y un daño a su prestigio” al haber dado a conocer a través de los medios el resultado de su “revisión extemporánea, unilateral y discrecional” y haberlo presentado como autor de irregularidades que nunca le notificaron en el “informe preliminar” que el instituto le entregó el 26 de febrero pasado y en el que fueron aceptados todos los apoyos que había entregado.
Con su decisión posterior de hacer una revisión aleatoria extemporánea, casi un mes después de que venció el plazo para recabar las firmas, en lugar de los tres días después de que cada aspirante publicó los apoyos que iba obteniendo en su portal web, el gobernador con licencia de Nuevo León sostiene que el INE violó principios fundamentales de legalidad, certeza y seguridad jurídica en perjuicio suyo, pues “me deja en un completo y absoluto estado de indefensión, ya que me imposibilita a tomar acciones correctivas para ajustarme a dichas observaciones, a diferencia de que hubiera hecho esto en el plazo de tres días establecido para ello por los lineamientos”.
También afirma que los consejeros violentaron su derecho de audiencia al notificarle de la modificación de sus apoyos después de que él tuviera posibilidad alguna de defenderse y no antes de hacer dicha modificación registral; que tampoco fundamentaron y motivaron su decisión de anular firmas porque nunca citaron el precepto jurídico vigente en el que se basaron para su revisión; y cuestiona que hayan negado la validez de las “fotocopias de credenciales” como respaldo de apoyo ciudadano que según la Ley General de Instituciones y Procesos Electorales sí son válidas y hasta las menciona en su artículo 385 como requisitos para sustentar el apoyo ciudadano.
Al final de sus alegatos, Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón, le pide a los magistrados del Tribunal Electoral tener por presentado su Recurso de Apelación, darle trámite bajo el criterio “per saltum”, restituirle sus derechos al dejar sin efectos la revisión del INE que modificó sus apoyos o dándole un “tiempo razonable” para recabar nuevos apoyos y que los magistrados suplan las deficiencias u omisiones en su escrito, “velando siempre por los derechos humanos”.
sgarciasoto@hotmail.com