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El pasado lunes 10 de septiembre, la oficina del director general de Petróleos Mexicanos (Pemex), Carlos Treviño Medina, recibió una ficha informativa del titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la petrolera, Francisco Guzmán Lazo, con copia para todos los directores corporativos de filiales y subsidiarias, en la cual se les informa que el límite salarial autoimpuesto por el presidente electo de 108 mil pesos mensuales, “no aplica a funcionarios de Pemex”.
Les detalla que conforme a la Ley Reglamentaria del Artículo 127 Constitucional “que finalmente se apruebe, no aplicaría para el personal de Pemex, a menos que se deroguen las disposiciones constitucionales, actualmente en vigor”.
El jueves pasado, el Pleno de la Cámara de Diputados avaló la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos para regular sueldos y prohibir que ningún funcionario gane más que el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador. La ley pasó al poder Ejecutivo para su revisión y eventual promulgación.
En el documento se da por hecho que la iniciativa de ley relativa a las remuneraciones de los servidores públicos, Reglamentaria del Artículo 127 Constitucional “responde a la propuesta realizada sobre esta materia por el presidente electo, y seguramente serán analizadas, en fast track por las comisiones correspondientes, y el proyecto que en definitiva dictaminen será puesto a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados y, en el caso de ser aprobado, turnado al Senado como la Cámara revisora”.
EL UNIVERSAL consultó a Pemex sobre la veracidad del documento y su posición respecto del tema.
Funcionarios de la empresa reconocieron que la ficha informativa “efectivamente llegó a la oficina de la dirección general, con el asunto: proyecto de iniciativa de la ley de remuneraciones de los servidores públicos de la federación”.
Comentaron que “Pemex siempre se va regir por la ley y el reglamento en materia de remuneraciones y por lo que marque el Legislativo”.
Actualmente, de acuerdo con el portal de transparencia de Pemex, el director general de la petrolera recibe un salario bruto de 220 mil 493 pesos mensuales. Los directores corporativos de subsidiarias pueden llegar a ganar 180 mil pesos al mes.
Los consejeros profesionales tiene un salario bruto de 179 mil 750 pesos mensuales; los subdirectores corporativos 172 mil pesos, y los gerentes corporativos 163 mil 700 pesos.
De las repercusiones del cambio a la ley de remuneraciones para los servidores públicos de Pemex, la ficha señala que hay un régimen especial para remuneraciones del personal, sustentado en disposiciones de la Constitución Política.
El artículo 25 cuarto párrafo (actualmente quinto) que dice: el sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el gobierno federal la propiedad y el control sobre los organismos y empresas productivas del Estado…En las actividades citadas de la ley establecerá las normas relativas a la administración, organización, funcionamiento, procedimientos de contratación y demás actos jurídicos que celebren las empresas productivas del Estado, así como el régimen de remuneración de su personal, para garantizar su eficacia, eficiencia, honestidad, productividad, transparencia y rendición de cuentas, con base en las mejores prácticas y determinará las demás actividades que podrán realizar (párrafo reformado DOF 20-12-2013).”
Artículo vigésimo fracción II, transitorio, del decreto por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política, en materia de energía:
“Vigésimo. Dentro del plazo previsto en el transitorio cuarto de este decreto, el Congreso realizará las adecuaciones al marco jurídico para regular a las empresas productivas de Estado y establecerá que:
“… II. Cuenten con autonomía presupuestal y estén sujetas sólo al balance financiero y al techo de servicios personales, que, a propuesta de la secretaría del ramo en materia de Hacienda apruebe el Congreso. Su régimen de remuneraciones será distinto del previsto en el artículo 127 de esta Constitución”.
Por ello, el titular de enlace legislativo informó que no aplica al personal de Pemex, a menos que se deroguen disposiciones constitucionales.