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Familiares de Karla del Carmen Pontigo Lucciotto, víctima de feminicidio, lanzaron un llamado a unir la voz para que se investigue qué pasó realmente el día en que ella murió.
En conferencia de prensa, Esperanza Luccioto, madre de Karla, narró las últimas horas de su hija el 28 de octubre de 2012, de quien le dijeron que había sufrido un accidente con una puerta de cristal en el Bar Play, lugar donde trabajaba en San Luis Potosí, que le dejó casi 40 lesiones internas y externas, golpes en la cabeza y en la cara, mordidas en los labios, marcas de estrangulamiento y amputación de la pierna derecha.
A pesar de que Karla presentaba esas heridas, el Ministerio Público abrió una averiguación previa por su muerte accidental en el lugar de trabajo y señaló como probable responsable de homicidio culposo al dueño del bar en el que ocurrieron los hechos.
La familia de Karla inició la batalla legal porque desde el día de su muerte presentaron una denuncia por el delito de homicidio y no fue sino hasta una semana después que elementos de la Policía Ministerial estatal y servicios periciales acudieron al lugar para asegurar las pocas evidencias que quedaban, pues, según el expediente judicial, personal del bar había limpiado el área en la que la víctima fue hallada desangrándose.
“Ella falleció en la madrugada del 29 de octubre de 2012 y hasta ese momento ninguna autoridad se había acercado conmigo, nadie me decía qué pasó, nadie me dio contestación de lo que le ocurrió”, contó la madre de Karla.
Por irregularidades como estas acudieron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde solicitaron el reinicio del procedimiento desde la etapa de la investigación para que se realice con perspectiva de género.
El caso fue atraído el 4 de julio de 2016 por la Suprema Corte y fue turnado a la ponencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
Este es el segundo caso de feminicidio atraído por la SCJN donde los ministros deberán analizar si el Ministerio Público cumplió con los estándares de una investigación diligente y con perspectiva de género. El primer caso fue el de Mariana Lima, resuelto en la Corte en marzo de 2015.
El 30 de diciembre de 2015, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación en la que concluyó que la investigación no fue hecha con perspectiva de género y que se violaron derechos humanos de Karla y su familia.
Recomendó reparación del daño a los familiares en su calidad de víctimas, además de capacitar a personal de la Procuraduría de Justicia de San Luis Potosí, entre otras.