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La Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro (DDHQ) impugnó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una ley castrense.
En un juicio de controversia constitucional presentado el 27 de junio ante el máximo tribunal, el organismo protector de las garantías individuales impugnó la regulación del cateo que pueden realizar soldados en residencias u oficinas públicas, incluyendo a los organismos constitucionalmente autónomos.
El precepto es el 282 del Código Militar de Procedimientos Penales, el cual establece que para el cateo que se realice en oficinas de cualquiera de los tres Poderes de la Unión o de los organismos constitucionales autónomos, la policía o el Ministerio Público solicitarán una autorización a un juez de control militar.
El titular de la DDHQ, Miguel Nava Alvarado, explicó a EL UNIVERSAL que el Ejército puede catear, además de las oficinas de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, las de organismos constitucionalmente autónomos, como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y todos los homólogos a ella a nivel local.
Señaló que “el artículo 282 del Código Militar de Procedimientos Penales genera una invasión a la competencia y a la autonomía de la Defensoría de los Derechos Humanos, en concreto.
“Esto querría decir que a la misma Corte, con una orden militar, se mete el Ejército”, advirtió.
En su escrito, el organismo argumentó que debido a que el Ejército depende del Poder Ejecutivo, es decir, directamente del presidente Enrique Peña Nieto, la facultad de que elementos militares cateen sus oficinas implica también la intervención de los expedientes y demás papeles que obran en su poder para realizar las investigaciones de violaciones a los derechos humanos.
El asunto fue admitido el 1 de julio pasado en la ponencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien ordenó notificar y emplazar al Congreso de la Unión y al Poder Ejecutivo federal para que respondan dentro del plazo de 30 días hábiles a los argumentos hechos valer por el ómbudsman de Querétaro.
Por tratarse de una controversia constitucional, el proyecto será realizado por la ponencia de Pardo Rebolledo, pero el asunto será debatido por el máximo tribunal.
La otra consecuencia. La controversia constitucional promovida por la DDHQ contra la norma castrense no sólo implicaría que la Corte estudie la constitucionalidad de la jurisdicción que detenta el Ejército para catear oficinas públicas y de organismos constitucionalmente autónomos. También busca que la SCJN reconozca a los organismos protectores de las garantías en las entidades federativas como homólogos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Nava Alvarado confió en que la resolución que emita la Corte delimite la competencia de los organismos locales de protección a los derechos humanos, en relación con las normas generales.
Explicó que el juicio pone en la mesa de debate la necesidad de reconocerles legitimación para impugnar normas federales, en aras de defender tanto sus funciones como las garantías individuales de la población.
Ello debido a que en diversas ocasiones organismos locales han intentado promover controversias constitucionales contra leyes federales y la SCJN ha desechado los asuntos, por considerar que no tienen la facultad para hacerlo, puesto que la única que tiene esa posibilidad reconocida en la ley es la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a través de las acciones de inconstitucionalidad.
Lo que se pretende es que se reconozca la legitimación de todos, apuntó el defensor Nava Alvarado.
“Hoy la gran apuesta que tiene la Suprema Corte es si va a ser un poder que niegue nuestra autonomía constitucional”, dijo.
En el escrito de controversia, la defensoría de Querétaro destaca que desconocerle la facultad para impugnar leyes federales resultaría incongruente, porque la misma Constitución federal otorga tanto a la CNDH como a los organismos locales la misma naturaleza jurídica de ser organismos de carácter autónomo.