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El vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, el panista Javier Bolaños , presentó una denuncia en la Procuraduría General de la República ( PGR ) en contra del secretario de Comunicaciones y Transportes (SCT), Gerardo Ruiz Esparza ; el director General de Carreteras, Clemente Poon Hung, y el ahora ex director de la SCT-Morelos, José Luis Alarcón, por su probable responsabilidad u omisión en el socavón del Paso Exprés que dejó dos muertos este miércoles.

La denuncia se hizo por el presunto delito de ejercicio ilícito del servicio público, cometido por los servidores públicos y relata como hechos que el Paso Exprés Tlahuica de Cuernavaca, Morelos, ubicado a 85 kilómetros al sur de la ciudad de México, fue construido por la empresa Aldesa, con una inversión que superó los 2 mil 213 millones de pesos y una longitud de 14.5 kilómetros, bajo concesión otorgada por la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, y puesta en funcionamiento el 5 de abril del año 2017, por el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto; el gobernador de Morelos, Graco Ramírez y el presidente municipal de Cuernavaca, Cuauhtémoc Blanco.

En este contexto, el titular de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza, aseguró que en virtud del tipo de construcción y de los materiales empleados, la durabilidad de la obra estaba garantizada por más de 40 años, como consta en diferentes videos y publicaciones de medios de comunicación impresos y digitales.

Sin embargo, el miércoles 12 de julio, aproximadamente a las 05:00 horas, dicha obra se colapsó a la altura del kilómetro 94 +, sobre el carril de sur a norte, precisamente metros delante del Plantel Cuernavaca, del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, (CONALEP) y la privada Carmelina de la colonia Chipitlán, lo que produjo un hundimiento en la superficie de la carpeta asfáltica, creándose un socavón de 5 metros de diametro y 14 metros de profundidad, aproximadamente.

Ello ocasionó que en esas horas en las que inicia el tráfico intenso, un vehículo compacto tipo Jetta color Blanco, placas de circulación HCS-52-58, cayera al interior de esa gran fosa, dando como resultado la perdida de dos vidas humanas.

Agrega que, de acuerdo con Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a los titulares de las Secretarías de Estado ejercer las funciones propias de su materia, y en el caso concreto el artículo 5 del Reglamento de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, dispone que: son facultades indelegables del Secretario, entre otras: fracción XI.- Otorgar las concesiones que ´por ley le corresponda a la secretaria y resolver, en su caso sobre su prorroga y modificaciones, así como declarar administrativamente , su caducidad, nulidad, recisión o revocación.

“Resulta pertinente señalar que no obstante los múltiples accidentes ocurridos mientras duro la construcción de esta obra, en los que también se perdieron vidas humanas, y que son del conocimiento público, en ningún momento se conoció de alguna recisión o revocación de dicha concesión a la empresa constructora, ni mucho menos sanción alguna, no obstante el sin número de irregularidades que se cometieron durante su desarrollo; aquí destacan, el daño ecológico producido al parque Chapultepec, el retraso de más de 4 meses en su terminación, miles de pesos en pérdidas por accidentes automovilísticos, daños a casa aledañas y un número importante de obras inconclusas, que son complementarias y necesarias para la protección y seguridad de las personas que habitan en las inmediaciones de la autopista, y de quienes conducen por ese lugar, al que ahora popularmente se le conoce como el paso de la muerte”, expresa el documento.

“Denunciando hechos constitutivos del delito de ejercicio ilícito del servicio público, cometidos por el titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, los Subsecretarios y Coordinadores Generales, titular de la Dirección General de Carreteras, el titular de los Centros SCT en Morelos, y quien resulte responsable. SEGUNDO: Se tenga por reconocida la personalidad de los profesionistas designados, así como el domicilio procesal señalado. TERCERO: Realizar tantas y cuantas diligencias sean necesarias, hasta el total esclarecimiento de los hechos, integrando la carpeta de investigación correspondiente para el fincamiento de la responsabilidad penal a que haya lugar. CUARTO: Hecho lo anterior, solicitar ante la autoridad competente la sanción que corresponda conforme a las responsabilidades fincadas”, agrega el documento.

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