El pleno del Senado aprobó en lo general del dictamen de la Ley General de Desaparición Forzada de Personas y Desapariciones cometidas por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Persona, que sanciona y tipifica este delito hasta con 90 años de cárcel.

Con 90 favor, tres contra y tres abstenciones, los legisladores avalaron el dictamen que establece que las penas a quienes cometan el delito de desaparición forzada podrían disminuir hasta 20 años en caso de que el acusado colabore en la búsqueda y localización de la víctima.

Se prevé que esta tarde el dictamen avalado pleno del Senado se enviado a la Cámara de Diputados para su análisis y discusión.

Esta nueva ley contemplan de penas de 15 a 20 años de prisión a la persona que oculte, deseche incinere, sepulte, inhume, desintegre o destruya, total o parcialmente restos de un ser humano o el cadáver de una persona, con el fin de ocultar la comisión de un delito.

En el proyecto de Ley prevé también la creación de un Registro Nacional de Fosas, la creación de un Banco Nacional de ADN, la creación del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas y una Comisión Nacional de Búsqueda, una de las principales demandas de los familiares de víctimas de ese delito.

Se establece que el delito de desaparición forzada no prescribirá; además que se considera la desaparición forzada cometida por elementos del Estado (policías, militares, servidores públicos) y por particulares, y se crea la figura legal de “persona no localizada”.

La senadora Angélica de la Peña (PRD), presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, destacó que esta ley es el resultado del trabajo tanto de organizaciones sociales, de colectivo de desaparecidos y de los mismos legisladores.

Durante la discusión la senadora del PT Layda Sansores criticó que la ley era insuficiente para castigar a las autores materiales e intelectuales del delito de desaparición forzada, además fustigó que al momento de la discusión el pleno estaba vacío.

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