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Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de rebajar 10% las percepciones de consejeros y funcionarios de mando para ahorrar 11 millones de pesos.

En sesión pública, los magistrados resolvieron que la Junta General Ejecutiva (JGE) del INE carece de atribuciones para reducir los ingresos de los servidores públicos y por tanto se violó la Constitución.

Además, consideraron, el hecho de que 10 de 11 consejeros, además de otros funcionarios, se adhirieran con su firma a esa reducción salarial, no subsana el “vicio de inconstitucionalidad por incompetencia”.

Con su sentencia, los magistrados —quienes, como ha consignado EL UNIVERSAL, recibirán en total este año 6 millones 766 mil pesos brutos y, sin impuestos, 4 millones 564 mil pesos anuales cada uno— concedieron la razón al consejero Benito Nacif.

Nacif impugnó la reducción contenida en acuerdos emitidos por la JGE el pasado 25 de febrero y cuya invalidez “lisa y llana” declaró el TEPJF.

Los documentos anulados fueron el acuerdo de la JGE para publicar en el Diario Oficial de la Federación la estructura ocupacional del INE 2017, el Manual de Percepciones para los Servidores Públicos de mando y la modificación del tabulador de sueldos para puestos de la rama administrativa.

Ahora ni los 11 consejeros, ni 21 integrantes de la JGE del instituto —32 funcionarios en total— verán disminuidas sus percepciones mensuales o sus prestaciones.

El Instituto Nacional Electoral valorará el contenido de la sentencia del tribunal para decidir, eventualmente, qué tabulador es aplicable.

El 14 de diciembre, en sesión del Consejo General del INE, se aprobó el presupuesto 2017 y, como publicó este diario en enero, se previeron incrementos de 3.2% en los ingresos de los consejeros electorales (en sueldo base y compensación garantizada), para actualizarlos a la inflación.

Además aprobaron un aumento de 15% en su gratificación de fin de año, con relación a lo recibido en 2016.

Así, de acuerdo con documentos oficiales, como las bases del presupuesto votado en esa sesión, se avalaron percepciones brutas mensuales —antes de impuestos— de 271 mil 380 pesos por consejero; es decir, 183 mil 398 pesos netos al mes.

La estructura ocupacional 2017 del INE estableció una gratificación anual de 556 mil 413 pesos para cada uno de los consejeros.

Ahora, en este año tendrán esos ingresos que habían sido originalmente presupuestados, aunque en febrero, al anunciar las medidas de austeridad, el INE informó que en 2017 los consejeros solamente tenían previsto recibir ingresos netos mensuales por 177 mil 466 pesos y con el descuento de 10% —ya invalidado por el TEPJF—, tendrían ingresos por un total de 160 mil 182 pesos al mes.

De reducirse 17 mil pesos mensuales, los consejeros se habían rebajado su gratificación de fin de año y sólo recibirían 486 mil 389 pesos cada uno.

La sentencia. Los magistrados del TEPJF resolvieron este caso en juicio electoral y no juicio ciudadano, como lo planteó Benito Nacif. Decidieron invalidar los acuerdos de la JGE del INE por unanimidad.

El argumento central fue que la JGE del instituto carece de atribuciones para reducir las percepciones de los servidores públicos del organismo y, por lo tanto, se violó el artículo 16 de la Constitución, “que establece que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino por mandato escrito emitido por la autoridad competente”, expuso el magistrado Felipe Fuentes Barrera en el proyecto de sentencia avalado.

Explicó que en materia presupuestaria la Junta sólo puede autorizar las adecuaciones al presupuesto y proponer al Consejo General “medidas de racionalidad y disciplina del gasto, así como sus respectivas metas de ahorro” pero no implican recortes salariales.

Además, aunque que todos los integrantes de la JGE —con excepción de Nacif— firmaron, “esa manifestación de conformidad de manera alguna es suficiente para subsanar el vicio de inconstitucionalidad por incompetencia”, se determinó.

La Sala Superior no entró al fondo del asunto, pues bastó partir de ese primer agravio invocado por Nacif —que la JGE carece de competencia— para concluir que se vulneró el principio de legalidad que debe tener todo acto emitido por una autoridad. No se valoraron otros agravios expuestos por Nacif, como el que argumentaba que al disminuir las percepciones se afecta la autonomía e independencia de los integrantes del INE y que nadie puede renunciar a sus remuneraciones.

El consejero Marco Antonio Baños, integrante de la Comisión Temporal de Presupuesto 2017 —misma que volverá a integrarse para planear el gasto 2018— dijo que Nacif ejerció su derecho y ahora el INE acatará.

Cuestionado respecto a si los consejeros donarán parte de sus ingresos o cuál será la medida de austeridad que aplicarán, expuso que una medida así podría implementarse, “pero deberán decidirlo todos los consejeros”.

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