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Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la decisión de la Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE) respecto a la improcedencia de bajar propaganda “negra” en la que se busca afectar la imagen de Andrés Manuel López Obrador.
La propaganda denunciada consiste en mantas y espectaculares ubicados en el Estado de México y Puebla y en los que aparecen imágenes truqueadas del presidente nacional de Morena con un gorro de Santa y una botella, acompañado de palabras como “pejeburro”, “pejebrio” y otras similares en las que se alude a sus “juniors”.
De acuerdo con el partido, con esas imágenes falsas y expresiones se pretende dañar la imagen del dirigente y su familia con el fin de incidir en la contienda mexiquense.
El hecho de emprender una campaña negativa en contra de López Obrador “impacta al partido político Morena” por tratarse de su dirigente nacional, alegó ese partido al demandar el retiro de la propaganda.
Los magistrados resolvieron, en sesión privada realizada ayer, que no se acredita calumnia (no se le imputa un delito) y las figuras públicas tienen un margen de tolerancia más amplio a las críticas en relación con las personas que no están involucradas en el ámbito político-electoral, de ahí que decidió confirmar la decisión de la Comisión de Quejas del pasado 27 de diciembre.
La propaganda “se emitió en ejercicio de la libertad de expresión, al transmitir un mensaje que pudiera considerarse satírico hacia el dirigente de Morena, quien tiene proyección pública y, por tanto, cuenta con una mayor tolerancia a la crítica de la sociedad en general, en relación con la que tendría cualquier persona que no esté involucrada en el ámbito político-electoral” indica la sentencia emitida.
En ella se estableció que la propaganda denunciada podría constituir una dura crítica, pero eso es insuficiente para dictar medidas cautelares.
ahc