Con voto dividido la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó imponer medidas cautelares a las empresas Televisa y TV Azteca por presunta modificación a la pauta electoral durante las emisiones de la visita del papa Francisco.

La Comisión determinó que los comunicadores en ambas televisoras emitieron mensajes antes y después de los spots del INE y de los partidos con motivo de la elección de la Asamblea Constituyente y para expresar su rechazo a éstos, no trasgredieron la ley, que prohíbe a los concesionarios la transmisión de cortinillas que afecten o modifiquen la pauta electoral.

En los mensajes,  casi 10 en Televisa y 5 en TV Azteca, los comentaristas emitieron mensajes como “resulta que los defensores de la laicidad” son los que quieren aparecer “en plena transmisión de la visita del papa”; ésta “es aprovechada por los partidos políticos para hacer promoción”

O bien, “sabemos que es una jornada muy emotiva…los partidos quieren salir en la tele”, según los mensajes difundidos, contenidos en el expediente abierto por la vista que dio la Secretaría Ejecutiva a la Unidad de lo Contencioso del INE.

Pero con el voto de las consejeras Adriana Favela y Beatriz Galindo, se resolvió que esas expresiones de los comunicadores no pueden equipararse con cortinillas, que ha prohibido el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y que en todo caso debe privilegiarse el derecho a la libertad de expresión.

El consejero José Roberto Ruiz Saldaña votó en contra de esa postura, y a favor del proyecto original, que si consideraba la posible infracción a la ley y por tanto, la  emisión de medidas cautelares a ambas televisoras.

“Percibo un intento por generar antipatía a la transmisión de mensajes por eso se dice ´lamentablemente, vaya por un cafecito´ esas editorializaciones o manifestaciones … pueden generar un desánimo del radioescucha y televidente de no ver esos mensajes” y pretenden generar animadversión al modelo de comunicación política, explicó Ruiz.

“El derecho a la libertad de expresión no es absoluto, hay valores que proteger, en este caso que vaya integra la pauta” pues mencionó que se deben maximizar los derechos ciudadanos a informarse y no el de las concesionarias.

Presente en la sesión, pero sin voto, el consejero Benito Nacif aseguró que a su juicio esos comentarios no pueden equipararse con cortinillas y no representan daño irreparable al proceso electoral.

“Por esa razón creo que no ameritan medidas cautelares…los spots se transmitieron de forma íntegra, dentro de los espacios de tiempos comerciales. No hubo incorporación de ningún contenido similar a las cortinillas sino opiniones de los conductores”, dijo.

La consejera Pamela San Martin, quien tampoco tiene voto, recordó que en 2009 las televisoras pusieron antes y después de la pauta electoral mensajes en las pantallas –cortinillas- para expresar que interrumpían la transmisión por ley.

Hubo amonestación pública, se detuvo esa práctica,  y en 2015 hubo cortinillas en radio y se tuvieron que iniciar procedimientos porque “es un ejercicio sistemático que amparado en la libertad de expresión”.

Cuando es sistemático revela una intención “son mecanismos para darle la vuelta a esa jurisprudencia “, advirtió.

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