Más Información
Suman más de 10 mil registros de candidaturas a elección judicial: Noroña; habilitan nuevo medio de postulación por “creciente interés”
Monreal estima reasignaciones por más de 15 mil mdp en Presupuesto de Egresos 2025; se destinarán a "prioridades nacionales"
Diputada del PRI denuncia presunto adeudo de Pemex a proveedores en Campeche; monto asciende a más de 402 mil mdp
PRI propone reforma para garantizar que no se reduzca presupuesto de instituciones educativas; "sin educación, no hay transformación", dice
Semarnat debe informar sobre la cancelación del proyecto Kuni en BCS: INAI; abarcaría mil 700 hectáreas y 20 mil habitaciones
carina.garcia@eluniversal.com.mx
El resultado de calificación de la elección para gobernador en Colima dio un vuelco al resolverse ayer, por mayoría de cuatro contra dos votos de los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la anulación de los comicios debido a la intervención del gobierno del estado en el proceso.
En sesión pública, los magistrados ordenaron al Congreso del estado convocar a elección extraordinaria, y al Instituto Nacional Electoral (INE) ejercer por primera vez su función de atracción de un proceso para organizar el nuevo.
Esta es la segunda anulación de la elección para gobernador en el estado, la primera fue en 2003, por la misma causal de injerencia del gobierno estatal. Ahora se debió a la participación de los titulares de Desarrollo Social y de la Procuraduría de Justicia local.
Por ello, al emitir su voto, el magistrado presidente del Tribunal, Constancio Carrasco Daza, planteó que todo servidor público está obligado a automarginarse de los procesos electorales.
No hacerlo puede llevar a deslegitimar una elección, por lo que la sentencia obliga a todos los funcionarios públicos a tener una actuación de “moderación y prudencia”, demandó.
A favor de la anulación votaron, además de Carrasco Daza, los magistrados Manuel González Oropeza, ponente en el caso, Salvador Nava y María del Carmen Alanis.
En contra se pronunciaron los magistrados Pedro Esteban Penagos y Flavio Galván, quienes insistieron en declarar válida la elección y pidieron no afectar a 60% de los ciudadanos que emitieron su voto —casi 300 mil—, si no se acreditó que la influencia del gobierno haya incidido en los resultados y sólo por la declaración de un funcionario.
Penagos expuso que a su juicio, si bien se comprobó la intervención de funcionarios del gobierno local, esto debía haber sido material y con impacto en el resultado de la elección para ameritar la nulidad, como sí ocurrió al anular el proceso de diputado federal por el distrito 01 de Aguascalientes, donde el gobernador acompañó incluso a los aspirantes.
Galván expuso que no se acreditó la participación directa o indirecta del gobernador y planteó privilegiar ante todo el voto ciudadano.
Sin embargo, al fijar su postura, el magistrado Carrasco Daza expresó que con la anulación sí se protegió el voto ciudadano, tanto de los que votaron por uno como por otro candidato, al garantizar que no se usen programas sociales con fines electorales.
“¿Cómo sé que el gobernador instruyó al secretario de Desarrollo Social para esa conducta? Los dos siguen en el cargo que desempeñaban cuando realizaron los actos denunciados”, expuso.
En Colima “no hay ningún ganador y creo yo, desafortunadamente, que todos han perdido: los candidatos, los partidos, pero sobre todo, lo que más me interesa, fueron los ciudadanos de Colima”, afirmó González Oropeza, autor del proyecto.
Lamentó por igual tanto la intervención del gobierno como la de los denunciantes, el PAN y su candidato Jorge Luis Preciado, quien pretendió desahogar el juicio en los medios de comunicación, cuando debieron privar las pruebas, no “con expresiones de represalias ni especulaciones infundadas”.
Estos intentaron, acusó González Oropeza, “presionar” al Tribunal y presentaron pruebas para “engañar” a la autoridad sobre supuestas anomalías; utilizaron “ciertos medios para demostrar algo que no podía demostrar”.
Con la anulación, los magistrados dieron vista al Congreso local, a fin de que se investigue y sancione la actuación de los funcionarios estatales.
La Fepade deberá investigar también el presunto mal uso del listado nominal con el que el PAN habría falseado pruebas ante el TEPJF para acreditar con “engaño” que presuntamente que habían votado muertos, personas ausentes o impedidos.
Cambian resolución en horas. Antes de ayer, la elección en Colima apuntaba a ser confirmada, y validar el triunfo del candidato al gobierno de la coalición PRI-PVEM-Panal, Ignacio Peralta, quien obtuvo 119 mil 437 votos, contra 118 mil 934 sufragio de Jorge Luis Preciado, del PAN. La distancia entre ambos fue mínima, de 503 votos, 0.17%.
Durante la sesión del TEPJF, incluso los magistrados González y Nava establecieron que el lunes aún no había elementos para anular, pues Preciado Rodríguez y el PAN no lograron acreditar las irregularidades y había elementos “flojos” y sin sustento.
Pero el sentido cambió a las 4:45 de la mañana de ayer por la presentación de una prueba adicional entregada por el PAN y su ex candidato.
Ésta consistió en un video y el Diario de los Debates del Congreso local sobre la comparecencia del secretario de Desarrollo Social, Rigoberto Salazar, quien el pasado lunes 20 admitió la veracidad de un audio en el que pidió a una trabajadora apoyar con programas sociales a candidatos de PRI-PVEM-Panal.
“Gobernador deja gobernador, Presidente deja a presidente” y “¿jalas o no jalas?”, mencionó en la grabación admitida por el funcionario.
“En el proyecto original no había habido un nexo causal de los agravios (denunciados) con la intervención del gobierno” pero ahora ya lo hay, explicó González Oropeza.
Recordó que tanto la intervención de Salazar, como del procurador en la detención de brigadistas del PAN, ya habían sido denunciadas por el PAN, pero no existía certeza. Ésta se hubiera obtenido con un peritaje de la PGR, pero, acusó el magistrado Nava, la dependencia no entregó nada.
Con ello se cumplió la causal de nulidad del artículo 59 de la Constitución del estado que establece que el gobernador no puede por si mismo o a través de terceros intervenir en las elecciones para que recaigan en determinada persona.
El magistrado dijo que con la sentencia se sanciona a la autoridad que transgredió los principios de neutralidad.
La magistrada María del Carmen Alanis recordó que debido a la intervención no existe certeza respecto a que la voluntad ciudadana fue auténtica y libre para alcanzar el triunfo electoral revertido, de ahí que apoyó el proyecto.