Los avances de la Medicina han beneficiado a la salud de hombres y mujeres; sin embargo, en materia de derechos sexuales y reproductivos, las campañas y los métodos anticonceptivos han estado más dirigidos hacia nosotras.

Desde los 70, cambiaron las políticas poblacionales en México. En 1974, las familias en el país tenían entonces 7 hijos en promedio. A través de un esfuerzo gubernamental se establecieron las campañas de “vámonos haciendo menos”; “la familia pequeña vive mejor” “y planifica, es cuestión de querer”. En los 80, inició el “pocos hijos para darles mucho”.

En los 90, surgió la primera campaña dirigida a adolescentes, con el programa “en buen plan, planifiquen”. Conapo e IMSS establecieron un sistema de atención telefónica de información y orientación en materia de planificación familiar.

Con la amenaza del VIH inició el mensaje de “un condón es más confiable que el destino” e “infórmate, es tu derecho, protégete”. Recientemente apareció el lema: “Es tu vida, es tu futuro, hazlo seguro”.

Desde hace décadas se hizo común que las mujeres acudieran a los diversos centros de salud y a las instituciones públicas buscando el método de control natal idóneo para cada una. Esto contribuyó a vivir plenamente su sexualidad y a reducir del número de hijos.

En algunos casos, hay mujeres que acuden en búsqueda de métodos para procrear cuando no hay condiciones biológicas propicias y tienen el deseo de ser madres. La ciencia también ha permitido que se desarrollen procesos de inseminación artificial y de gestación asistida.

Pues bien, el avance de la ciencia al alcance de todos y todas en materia sexual y reproductiva puede verse frenada por algunas conciencias individuales si el Senado no detiene una iniciativa aprobada el 10 de octubre pasado en la Cámara de Diputados. A través de ella, se busca permitir la objeción de conciencia “al personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Nacional de Salud”, respecto de “servicios que establece la Ley”.

La iniciativa no prevé, como en el caso de la Ciudad de México, objeción de conciencia para casos de interrupción legal del embarazo o voluntad anticipada, sino cualquier servicio previsto en la ley de salud, con la única excepción de que esté en riesgo la vida del paciente o haya una urgencia médica. La iniciativa aprobada no garantiza que, en caso de que haya un médico objetor, los servicios de salud sean prestados por otro médico no objetor.

En nuestro Estado laico, la creencia religiosa personal, si avanza la iniciativa, puede ir en contra de todos los esfuerzos de planificación familiar desplegados por el Estado mexicano hasta ahora, e impedir, fundamentalmente, el ejercicio de derechos sexuales y reproductivos.

La redacción de la norma es tan amplia que podría abarcar campañas de vacunación —contra el papiloma humano, por ejemplo—; la prevención de enfermedades de transmisión sexual; la información y orientación a adolescentes; la vasectomía o la salpingoclasia; la no aplicación de Normas Oficiales (NOMs) relacionadas con la anticoncepción de emergencia, etcétera.

La objeción de conciencia también podría operar respecto de los avances de la genética y los procedimientos e investigaciones en materia de trasplante de órganos, células troncales, etcétera.

México no ha tenido precedentes que hayan provocado la fijación de los alcances de la objeción de conciencia. En Colombia, por ejemplo, ha quedado claro, en sede judicial, que no se pueden desconocer derechos de terceras personas y que queda excluido alegarla cuando se ostenta la calidad de autoridad pública.

La iniciativa requiere profunda reflexión antes de dar un portazo a derechos adquiridos de ejercicio cotidiano. Aún hay tiempo para evitar la regresión legislativa.

Directora de Derechos Humanos
de la SCJN. @leticia_bonifaz

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