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La Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM), tendrá qué transparentar en su portal la nómina de sus trabajadores con nombre completo, como se lo ordenó el Instituto Morelense de Información Pública y Estadística (IMIPE), luego de que un Juzgado de Distrito determinó sobreseer el juicio de amparo que promovió del rector Alejandro Vera Jiménez para evitar ese acto con el argumento de que se pone en riesgo a los trabajadores.
La presidenta comisionada del IMIPE, Mireya Arteaga Dirzo, afirmó que si bien el juzgador resolvió sobreseer el juicio de amparo, hubiera sido mejor que la justicia federal se metiera al análisis de fondo del asunto para disipar dudas sobre la obligatoriedad de publicitar la información pública.
El pasado 11 de febrero el rector Vera Jiménez inició un juicio de amparo luego de que el Consejo del IMIPE le ordenó publicar en su portal de transparencia la lista de trabajadores con sus nombres completos y sueldos respectivos, derivado de una solicitud de acceso a la información que resolvieron los comisionados.
El rector impugnó el acuerdo general 02/2015 del Consejo del IMIPE donde se reformó el artículo 30 de los lineamientos y criterios para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, publicado el 16 de diciembre del 2015.
Pero en el resolutivo del juicio 229/2016 se consigna que la representación jurídica de la UAEM impugnó a destiempo el acuerdo del IMIPE y por eso quedó sin efecto su recurso de amparo.
En los hechos el IMIPE ordenó la entrega y publicación de la nómina al argumentar que la ley establece que es de observancia obligatoria para todas las entidades públicas a que hace referencia la Constitución Política del Estado de Morelos para las instituciones, organismos y funcionarios de los poderes públicos estatales y municipales del estado.
También están obligadas todas las personas que reciban y ejerzan recursos públicos del Estado a poner a disposición del público el directorio de servidores públicos con referencia a su nombramiento oficial, tabulador, declaraciones patrimoniales, sueldos, salarios y remuneraciones mensuales por puesto, viáticos, viajes, gastos de representación, fotografía actualizada, así como las compensaciones previstas en las leyes u ordenamientos jurídicos correspondientes, incluye su nombre completo.
Sin embargo, la rectoría impugnó el hecho de que la reforma obligue a las entidades a publicar con nombre completo la información relativa a los sueldos, en este caso el de los trabajadores universitarios.
En varias ocasiones Alejandro Vera negó que se tratara de un acto de opacidad y afirmó que la publicación de la nómina vulneraba a los trabajadores porque los ponía a merced del crimen organizado con extorsiones.
La jueza María Guadalupe Cruz Arellano, del juzgado sexto de distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región de Cholula, Puebla, determinó sobreseer el juicio de amparo porque la impugnación fue a destiempo.
Al conocer la resolución la comisionada Mireya Arteaga dijo que sigue considerando que la litis del rector no tiene sustento aunque si tiene derecho de impugnar las resoluciones de los comisionados.
“Finalmente ,el tema de fondo no se resolvió, que es la no publicidad de tabuladores con nombre, esta fuera de lugar porque es información publica de oficio, máxima que ahora la nueva ley señala a toda la información como un bien público”, señaló.
En su opinión hubiera sido mejor que la justicia federal se metiera al fondo del asunto porque solo decidió sobreseer el juicio con el argumento de que se trataba de un acto consentido por la propia universidad, al no haber impugnado en su momento la disposición.
ml