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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) negó a Comband, de MVS Multivisión, la prestación de servicios de televisión abierta.
El pasado 29 de marzo, en sesión ordinaria, el IFT declaró “improcedente la solicitud de servicio adicional presentada por Comband, SA de CV, el 8 de septiembre de 2014”.
En dicha solicitud se pedía la prórroga de la concesión para usar, aprovechar y explotar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico, otorgada el 9 de septiembre de 2013.
“Por lo tanto, niega la prestación del servicio adicional de televisión radiodifundida”, indicó el IFT en la orden del día.
Al respecto, MVS Multivisión informó a EL UNIVERSAL que va a analizar la resolución a fondo para fijar una postura.
Ramiro Tovar, analista en telecomunicaciones, expuso que el IFT trata de que MVS Multivisión pase por la licitación, para evitar el trato diferenciado.
El camino del canal. En 1998, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) otorgó a MVS Multivisión una concesión para prestar servicios de televisión abierta con vigencia de 20 años, es decir, hasta 2018.
En 2000, la SCT otorgó un título de concesión a Cablevisión para usar el canal 52 por 10 años, el cual fue cedido a MVS Multivisión en 2004.
En 2006, MVS pidió la prórroga de la concesión del canal 52, sin obtener respuesta de la SCT, por lo que tras un amparo interpuesto por la empresa, la dependencia negó la prórroga.
Tras una serie de juicios, en 2013 la SCT aceptó prorrogar la concesión para que el espectro se usara para TV de paga.
En 2014, MVS Multivisión pidió la autorización para ofrecer el servicio adicional de televisión abierta, la cual fue negada por el regulador.
Al respecto, MVS Multivisión promovió un amparo y planteó la inconstitucionalidad del artículo séptimo transitorio de la ley de telecomunicaciones, a la que se sumó Comband, porque la televisora le había cedido las concesiones para usar el canal 51, ya no 52, de TV abierta.