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Los medios sujetos a los lineamientos generales de los derechos de las audiencias pueden iniciar procesos jurídicos ante instancias nacionales e internacionales para evitar su aplicación, coincidieron expertos.
Televisoras, estaciones de radio y concesionarios de TV de paga pueden recurrir al amparo indirecto, sin suspensión, dijo Gerardo Soria, presidente del Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones (IDET), lo que dejaría a medios y comunicadores en la indefensión entre uno y dos años.
“No puede descartarse que éstos demanden al Estado mexicano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, dado los precedentes que existen en la materia y las sentencias que han recaído en contra de países como Venezuela en la aplicación de medidas similares a las que comprenden los lineamientos del IFT”, dijo.
Los lineamientos han enfrentado a medios, expertos y organizaciones, pues por un lado se argumenta que generan censura y entorpecen la libertad de expresión, y por otro se indica que protegen a las audiencias.
Soria comentó que el regulador, al tratar de salvaguardar los derechos de las audiencias, atenta contra otros derechos fundamentales como la libertad de expresión e información.
“Al arrogarse el IFT la facultad discrecional de decidir qué es verdad y qué no, así como el sancionar a los medios, cuando a su juicio, éstos no distingan de manera permanente entre la emisión de información y una opinión, constituyen una censura previa, violatoria de los tratados internacionales en materia de derechos humanos”, explicó Soria.
Federico Hernández, abogado socio de Hogan Lovells, coincidió en que si los medios de comunicación consideran que los contenidos de los lineamientos vulneran sus derechos, tienen la posibilidad de impugnar la regulación, para que sean los tribunales quienes decidan si se vulneran o no dichos principios.
“Si efectivamente consideran que hay alguna vulneración, sería importante que ejercieran esos derechos y que, finalmente, el Poder Judicial decidiera si existe esa violación”, manifestó el abogado.
Hernández destacó que los lineamientos son una regulación nueva para los medios y ante la novedad y obligaciones que pueden considerarse estrictas, hay una delgada línea donde algunos involucrados pueden considerar que hay censura.
“Es una regulación efectivamente estricta, donde existen diversas obligaciones, anexos que se deben llenar y también el plazo establecido para el cumplimiento, que es de 30 días hábiles, y algunos medios pueden considerar que es muy pronto para cumplir tantas obligaciones que antes no se tenían”, subrayó.
El abogado socio de Hogan Lovells recordó que el IFT no está sujeto al proceso de mejora regulatoria, por lo que carece de una supervisión de qué tanto se está regulando.
“A lo mejor no se está necesariamente llevando a cabo esa revisión por un tercero ajeno, y como todo queda en el ámbito del instituto, supongo tienen buena fe y buena intención de regular y velar por los derechos, pero en algunos casos puede existir una mayor regulación que complique el día a día de la industria”, concluyó Federico Hernández.