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El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió decretar el cierre del expediente relacionado con la denuncia de empresas de TV por cable, filiales de Televisa, contra Telcel por prácticas monopólicas relativas.

En 2010, Cablevisión, Cablemás, Cablevisión Monterrey (Televisión Internacional) y la telefónica Bestphone, todas filiales de Grupo Televisa; interpusieron una denuncia contra Telcel ante la ahora extinta Comisión Federal de Competencia (CFC).

Inicialmente la denuncia fue desechada por la CFC por existir entonces un procedimiento pendiente de resolver, cuyos hechos y condiciones se consideraron semejantes a los analizados en el expediente DE-37-2006 y acumulados, recordó el IFT.

Posteriormente, las denunciantes interpusieron recurso de reconsideración contra el desechamiento de su escrito de denuncia y la CFC revocó el desechamiento y admitió la denuncia.

“El 3 de junio de 2013, la CFC decretó el cierre del expediente, en virtud de que, mediante la resolución del expediente RA-007-2011[1] había sido restaurado y/o protegido el proceso de competencia y libre concurrencia respecto de los servicios de terminación de llamadas en la red pública de telecomunicaciones de Telcel, que eran los mismos servicios involucrados en los hechos del nuevo expediente”.

Al respecto, las filiales de Televisa solicitaron a la Corte que atrajera el caso y fue admitido por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el 6 de mayo de 2015 ante lo que el regulador emitió un oficio de probable responsabilidad de Telcel “por la probable conducta de auto imputarse un costo por la función de terminación de tráfico público conmutado menor a la tarifa que cobraba a terceros concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones fijos, por la misma función pero de las llamadas que se originaban en la red de éstos últimos, con el objeto y /o efecto de aumentar los costos y reducir la demanda que enfrentaban sus competidores”.

Telcel se defendió y el instituto concluyó que resultaba fundado y suficiente el argumento presentado por la emplazada, para decretar el cierre del expediente.

IFT medirá concentración. El IFT decidió tomar el Índice Herfindahl-Hirschman (IHH) para medir el grado de concentración en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.

El Índice mide la concentración evaluando la participación de mercado de las empresas, donde cero es competencia perfecta y 10 mil es monopolio.

Además del Índice, se van a considerar los umbrales para el IHH y su variación que, según el regulador, permiten identificar las concentraciones que tienen poca probabilidad de dañar la competencia y la libre concurrencia.

“Este Criterio Técnico se emite con los objetivos tanto de dar a conocer el índice mediante el cual el Instituto determinará el grado de concentración en los mercados correspondientes a telecomunicaciones y radiodifusión”, aunque no será el único que use para medir la concentración.

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