El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), resolvió decretar el cierre del expediente relacionado con la denuncia de filiales de Televisa contra Telcel por prácticas monopólicas relativas.

En 2010, Bestphone, Cablevisión, Cablemás Telecomunicaciones y Televisión Internacional interpusieron una denuncia contra Telcel ante la ahora extinta Comisión Federal de Competencia (CFC).

Inicialmente la denuncia fue desechada por la CFC por existir entonces un procedimiento pendiente de resolver, cuyos hechos y condiciones se consideraron semejantes a los analizados en el expediente DE-37-2006 y acumulados, recordó el IFT en un comunicado.

Posteriormente, las denunciantes interpusieron recurso de reconsideración en contra del desechamiento de su escrito de denuncia y la CFC revocó el desechamiento y admitió la denuncia.

"El 3 de junio de 2013, el Pleno de la CFC decretó el cierre del expediente, en virtud de que, mediante la resolución del expediente RA-007-2011[1] había sido restaurado y/o protegido el proceso de competencia y libre concurrencia respecto de los servicios de terminación de llamadas en la red pública de telecomunicaciones de Telcel, que eran los mismos servicios involucrados en los hechos investigados en el nuevo expediente".

Al respecto, las filiales de Televisa solicitaron a la Corte que atrajera el caso y fue admitido por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el 6 de mayo de 2015 ante lo que el regulador emitió un oficio de probable responsabilidad de Telcel "por la presunta conducta de auto imputarse un costo por la función de terminación de tráfico público conmutado menor a la tarifa que cobraba a terceros concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones fijos, por la misma función pero de las llamadas que se originaban en la red de éstos últimos, con el objeto y /o efecto de aumentar los costos y reducir la demanda que enfrentaban sus competidores".

Telcel se defendió y el instituto concluyó que resultaba fundado y suficiente el argumento presentado por la emplazada, relativo a la actualización del principio non bis in ídem para decretar el cierre del expediente.

cfe

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