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Preocupa la presión ejercida por empresas y autoridades que deben respetar las atribuciones de los órganos autónomos que, aparentemente, condujo a aplazar la entrada en vigor de los Lineamientos Generales de Derechos de las Audiencias, indicó el Consejo Consultivo del IFT.
“La emisión de los lineamientos resulta de un proceso apegado a derecho en el que autoridades y particulares tienen la oportunidad de acudir a las instancias judiciales correspondientes”, señaló el Consejo.
El IFT actuó debidamente al emitir los lineamientos tras una consulta pública, respetando la Constitución y la ley, indicó.
“El IFT es el regulador de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones con un mandato amplio en cuanto a todo lo relativo a estos servicios de acuerdo con la Constitución, teniendo además en la LFTR facultades expresas para emitir disposiciones de carácter general, lineamientos y otras normas para cumplir la ley”.
Tras las controversias constitucionales interpuestas por el Ejecutivo y el Legislativo contra los lineamientos, el IFT retrasó la entrada en vigor del 16 de febrero al 16 de agosto de 2017.
Asimismo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió ambas controversias.
El Consejo Consultivo también recordó que la Corte resolvió que “la inserción del IFT en el texto constitucional conforma una pieza clave de una nueva ingeniería constitucional, cuyo propósito es ampliar el umbral de protección de los derechos de libertad de expresión y acceso a la información”.
En la controversia, la Corte dijo que “el IFT cuenta con facultades para emitir disposiciones de carácter general que amplíen el espectro del acceso a la información y de los derechos de las audiencias”.
El Consejo dice que en el caso de los lineamientos, “cuando la ley establece un derecho de las audiencias, el IFT puede hacer uno real, siempre y cuando no contradiga lo que establece la ley y sea razonable”.