Más Información

"Duende machista" eliminó del Plan B principio de paridad constitucional: López Rabadán; apuesta por corregir el "error"

Pódcast busca “difundir ideales" de Morena... pero oculta sus gastos; en Meta desembolsó casi 300 mil pesos

CNTE alista paro de 72 horas en CDMX este 18 de marzo; prevé movilizaciones sobre paseo de la Reforma

Plan B va por recorte de regidores en los municipios del país; prohíbe nepotismo en alcaldías y diputaciones locales
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará el amparo interpuesto por R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales, en contra de los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
"Dichos artículos facultan a autoridades, que no se especifican en la ley, a obtener la geolocalización de dispositivos en tiempo real; obligan a proveedores de telefonía a retener datos de todos los usuarios por 24 meses; y a conceder acceso a esos datos sin que se establezca de manera explícita la necesidad de autorización judicial", recordó la organización en un comunicado.
En septiembre de 2014, la Red en Defensa de los Derechos Digitales presentó una demanda de amparo contra estos artículos en el Poder Judicial de la Federación, debido que no obtuvieron respuesta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI).
"El amparo fue presentado junto con otras organizaciones de la sociedad civil, activistas, ciudadanos, periodistas y defensores de derechos humanos", precisó R3D.
En febrero de 2015, el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones decidió no conceder el amparo en el expediente 116/2014 y la organización interpuso un recurso de revisión, por lo que finalmente el Tribunal especializado decidió enviar el caso a la Corte.
tcm
Noticias según tus intereses
[Publicidad]
[Publicidad]










