Estados

Por decisión de Tribunal Electoral, hermano de Cuauhtémoc Blanco pierde la dirigencia de Morena en Morelos 

Los magistrados determinaron que Morena debe cancelar el registro de Ulises Bravo como su candidato a dirigente estatal

Foto: Especial
01/09/2022 |09:57Justino Miranda / Corresponsal |
Justino Miranda
Corresponsal en MorelosVer perfil

Por unanimidad de sus magistrados, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Comisión Nacional de Elecciones de Morena cancelar la aprobación del registro de Ulises Bravo Molina, hermano del gobernador Cuauhtémoc Blanco , con lo que pierde la dirigencia estatal que había ganado este fin de semana pasado.

En su sesión de anoche, el TEPJF resolvió el juicio de derechos ciudadanos SUP-JDC-835/2022 promovido por Karen Jocelyn Arizmendi Avilés en contra de la resolución de la Comisión Nacional de justicia dictada en el expediente CNHJ-MOR-351-2022, que declaró infundados los planteamientos de la actora sobre la

En un comunicado Bravo Molina confirmó la revocación de su candidatura como presidente del Comité Estatal de Morena , y sostuvo que será respetuoso del acuerdo de los magistrados del TEPJF pero, anunció, seguirá trabajando a favor de la 4T y del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Newsletter
Recibe en tu correo las noticias más destacadas para viajar, trabajar y vivir en EU

“Mi respaldo total al futuro dirigente, que estoy seguro será aliado del movimiento, es una pena que lo ganado en las urnas lo arrebaten quienes siempre se han servido del pueblo”, expresó Ulises Bravo en un comunicado de prensa.

“Morena merece un nuevo rumbo y este ejercicio nos sirvió para darnos cuenta que la gente quiere un cambio, lo importante no es el cargo sino el encargo y no bajaré la guardia, seguiré recorriendo el estado y siempre a favor de la democracia y del presidente de la república, y como ya lo dije, yo ya gané por el trabajo demostrado a favor de la 4T”, expuso.

Ulises Bravo, inelegible para ocupar el cargo de congresista nacional: Tribunal Electoral

El acuerdo de los magistrados fue revocar la resolución impugnada, cancelar la aprobación del registro de Bravo Molina y, en su caso, que la Comisión Nacional de Elecciones de Morena emita las medidas necesarias para garantizar el desarrollo efectivo del proceso de selección de congresistas nacionales, en términos de la convocatoria el tercer congreso Nacional ordinario de ese instituto político.

Los magistrados concedieron la razón a Arizmendi Avilés porque plantea, entre otras cuestiones, que Ulises Bravo es inelegible para ocupar el cargo de congresista nacional porque fue postulado como candidato a diputado federal en el proceso electoral 2020-2021 por el otrora Partido Encuentro Solidario.

“A su juicio ella actualiza la prohibición prevista en la base quinta, párrafo tercero de la convocatoria del tercer Congreso Nacional Ordinario de Morena, cuya disposición partidista establece: ‘no podrán postularse las personas que hayan sido candidatas o candidatos de un partido político diverso a Morena en los procesos electorales federales y locales 2020-2021 y 2021-2022, a menos que hubieran sido postulados por parte de la coalición o candidatura común que Morena haya encabezado en dichos procesos”, expuso el secretario del TEPJF.

Bajo esa lógica, continuó, asiste razón a la actora cuando alega la indebida fundamentación y motivación de la resolución impugnada, ya Ulises Bravo fue postulado en el pasado proceso federal como candidato a diputado por el Partido Encuentro Solidario, sin que éste haya formado coalición o candidatura común con Morena, por lo que en términos de la previsión prevista en la convocatoria no puede ser congresista nacional.

También dieron la razón a la promovente cuando alega que la Comisión de Justicia de Morena asumió de forma incorrecta que Encuentro Social y Encuentro Solidario forman una misma entidad, porque en concepto de la ponencia el primero perdió su registro con posterioridad al proceso electoral federal de 2018, y su personalidad jurídica se extinguió.

Debido a lo anterior la equiparación a la identidad que realizó la responsable sobre la base de un vínculo de ideologías es contraria a derecho, por ello al alcanzar la actora su pretensión es innecesario el estudio del agravio restante.

Lee también :

para recibir directo en tu correo nuestras newsletters sobre noticias del día, opinión, opciones para el fin de semana, Qatar 2022 y muchas opciones más.

*** Con información de Otilia Carvajal.

rdmd