Los casos de crueldad animal en México son una realidad. Tan solo en estas semanas se hizo conocido el caso de un gato egipcio que fue localizado dentro del Cereso 3 de Ciudad Juárez, Chihuahua, y ha cobrado relevancia la historia de "Pay de Limón" , un can víctima del narco, pues mutilaron sus patas y aun así ha vuelto a sonreír.
En el primer caso, elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSPE), aseguraron al felino, donde se percataron de que la piel del animal estaba tatuada con diversos dibujos , uno de ellos con la leyenda " Hecho en México" que es alusiva a uno de los grupos criminales que operan en Chihuahua.
El felino fue llevado al refugio para animales RAMMI, en donde se entregó a los cuidadores para su resguardo y en estos momentos ya está listo para ser adoptado bajo ciertas formalidades establecidas por las autoridades.
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Pay de Limón , un perro de raza criolla, fue rescatado de un basurero. Años atrás, en Fresnillo, Zacatecas, miembros del Cártel de "Los Zetas" le cortaron cada una de las garras de sus patas delanteras, dejándolo inmóvil.
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Cuando apenas tenía 10 meses de edad, el can fue desechado en la basura, pues al narco ya no le servía como medio para experimentar métodos de tortura, los cuales también usarían con sus víctimas.
Pay de Limón fue rescatado por la asociación "Milagros Caninos A.C.", quienes se dedican a salvaguardar perros en situación de calle y otros que han sido torturados.
La persona que se encuentre culpable de este delito podría tener las siguientes sanciones:
1. Al que realice actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal, sin causarle lesiones, se le impondrá de tres a seis meses de prisión y de treinta a sesenta días multa.
2. En caso de que cause lesiones que no pongan en peligro la vida del animal, se le impondrá de seis meses a un año de prisión y de cien a ciento cincuenta días multa.
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3. A quien ocasione lesiones que pongan en peligro la vida del animal, y la muerte de este no ocurra en un plazo de treinta días contados desde el momento de haber cometido los actos de maltrato o crueldad que provocaron las lesiones, se le impondrá de uno a dos años de prisión y de doscientos a trescientos días multa.
4. Cuando los actos de maltrato o crueldad provoquen lesiones que ocasionen la muerte del animal durante el plazo de treinta días contados desde el momento de haberse provocado las lesiones, se impondrán de dos a tres años de prisión y de cuatrocientos a quinientos días multa.
En el país existen leyes como: la Ley General de Vida Silvestre , la Ley Federal de Sanidad Animal , y la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente , que determinan los principios básicos y las medidas necesarias de trato digno y respetuoso.
De acuerdo con el artículo 350 del Código Penal federal, se considera maltrato animal cuando: se le priva de aire, luz, alimento, agua, espacio, abrigo contra la intemperie, cuidados médicos y alojamiento adecuado a los animales domésticos o cautivos por más de 12 horas, acorde a su especie, que cause o pueda causar daño.
Foto: Archivo EL UNIVERSAL
Por lo que posiblemente los delitos oficiales de maltrato animal que pudieron cometer sería por las siguientes causas:
-La utilización de aditamentos que pongan en riesgo la integridad física de los animales.
-Todo hecho, acto u omisión que pueda ocasionar dolor, sufrimiento, poner en peligro la vida del animal o que afecten su bienestar.
-Alterar la integridad física o modificación negativa de sus instintos naturales, que no se efectúe bajo causa justificada y cuidado de un especialista o persona debidamente autorizada y que cuente con conocimientos técnicos en la materia y calificada con título de médico o veterinario para tales efectos.
Sin embargo, la autoridad que determina si se cometió un delito o no, es el Ministerio Público.
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