Santiago Creel, aspirante a la candidatura presidencial por el Frente Amplio por México acusó a Andrés Manuel López Obrador de discriminación “inversa”, según el presidente de la Cámara de Diputados el mandatario lo ataca por el color de sus ojos y piel.
“En la mañanera he sido objeto de infundios, he sido objeto de ataques, no solamente a mí, a mi familia, a mi origen, al color de mi piel, al color de mis ojos, porque es una discriminación inversa la que él hace, porque aquí no todos somos iguales”, declaró Creel Miranda.
Pero ¿realmente existe la discriminación “inversa”?, en redes sociales se han generado acalorados debates al respecto y estudiosos de distintas instituciones han hecho publicaciones en donde exponen su ideología respecto a este concepto.
Para entender si existe o no, vale la pena repasar a qué se refiere el término discriminación. De acuerdo con el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), se trata de una práctica cotidiana que da un trato desfavorable o de desprecio inmerecido a una persona o grupo.
Mientras que la RAE define la discriminación inversa como una “forma de favorecer a determinadas personas de ciertos grupos sociales en mayor proporción que a otras, en tanto se procura compensar y equilibrar la marginación o relegamiento desigualitarios”. Además, señala que se le denomina así porque tiende a superar la desigualdad discriminatoria del sector perjudicado por el aludido relegamiento.
Aunque, Santiago Creel no es el primero que pone el término sobre la mesa, en 2022 la diputada de Morena, Marisol García Segura presentó una iniciativa para que la producción cinematográfica estuviera libre de "estereotipos y actos de discriminación", lo que trajo a colación el término y alentó la discusión.
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En el estudio “El problema de la discriminación inversa: ¿Es posible discriminar a quienes pertenecen a los grupos sociales doninantes?”, de Antonio Álvarez del Cuvillo, de la Universidad de Cádiz, que se encuentra disponible a consulta en la web, se señala la discordancia entre la noción individualista que refleja el término y la noción de discriminación en sentido social, que implica desigualdades sistémicas entre los grupos humanos.
La discriminación “inversa” se aplica a individuos de los grupos dominantes, que generalmente se ubican en situaciones de ventaja relativa respecto a grupos subordinados, por lo que el estudio antes mencionado resalta que “desde el paradigma social (antisubordiscriminatorio), el propio concepto de “discriminación inversa” sería una contradicción en los términos dado que carece de sentido y simplemente deriva en una apropiación por parte de grupos dominantes de la categoría jurídica “discriminación”.
Al respecto, el expresidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, ya había hablado al respecto al señalar que no existe la discriminación “inversa” y la calificó de un mito.
En octubre de 2022 el ministro aseguró que “la discriminación siempre es de arriba para abajo, del privilegiado a quien no es privilegiado, del poderoso al débil”.
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Un artículo de la agencia EFE refirió que, invitado en un programa de televisión, Arturo Zaldívar aseguró que quienes hablan de “discriminación “inversa” no tienen consciencia sobre el racismo y clasismo que existe en México y por contrario, pretenden fingir que no existe.
Aunque también existen voces de estudiosos que afirman que sí existe la discriminación "inversa" e incluso han publicado investigaciones que se contraponen a los argumentos antes mencionados.
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