El reparto de utilidades es una prestación que las empresas y patrones entregan por ley a los trabajadores durante mayo y junio.
La empresa está obligada a repartir sus utilidades si tuvo un ingreso anual superior a 300 mil pesos, pero quedan exentas de realizar el reparto en caso de que tengan menos de un año de operaciones o dos en el caso de que elaboren un producto novedoso, conforme a la Ley Federal del Trabajo.
En caso de no recibir el reparto de utilidades, tienes dos opciones:
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La Procuraduría solicitará al patrón que exhiba los documentos que acrediten si existe el reparto de utilidad correspondiente a este ejercicio, o en todo caso si no hubo utilidad, aclarar ese punto con el trabajador.
Asimismo, pone a disposición de los trabajadores los servicios de orientación gratuita para el reparto de utilidades en los teléfonos 018007172942 y 018009117877, a través del correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.
También puedes acudir de manera presencial a sus 48 oficinas en todo el país, además de contar con redes sociales en X y Facebook.
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Todos los trabajadores que laboran al servicio de un patrón tienen derecho a recibir el reparto de utilidades.
Sin embargo, de acuerdo a la legislación laboral, el esquema no aplica para:
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