Ya comenzó el año y con el cambio en el calendario llegan planes, nuevos proyectos, pero también descansos y días feriados para el 2023 .
Y aunque por ahora millones de mexicanos disfrutan de sus días feriados, la planeación es una de las mejores claves, incluso para ahorrar, sobre todo a la hora de hacer reservaciones de vuelos y hoteles, pero también para pedir tus vacaciones en el trabajo.
Sobre este último punto hay que recordar que ahora podrás pedir 12 días de vacaciones seguidos , debido a que los legisladores avalaron modificaciones para que los trabajadores mexicanos aumenten sus días mínimos de vacaciones a partir de 2023.
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Y entrando ya de lleno a la planeación, te adelantamos que 1 de enero 2023 es feriado oficial, según lo marca la ley para los trabajadores. Sin embargo, los estudiantes del nivel básico aún disfrutarán de vacaciones los primeros seis del año y el viernes 27 de enero tampoco tendrán clases, pues habrá Consejo Técnico Escolar y Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes Nuevos Planes y Programas de Estudio, así como descarga administrativa.
El lunes 6 de febrero 2023 será un día feriado oficial, según la Ley del Trabajo en su artículo 74, en conmemoración del 5 de febrero, día de la Constitutción de 1917.
De nueva cuenta, los niños de primaria y secundaria no tendrán clases el viernes 24 de febrero debido al Consejo Técnico Escolar y Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes Nuevos Planes y Programas de Estudio, así como descarga administrativa.
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El lunes 21 de marzo 2023 será un día feriado oficial, según la Ley del Trabajo en su artículo 74, por lo que los trabajadores podrán tomar "puente" en conmemoración del natalicio de Benito Juárez.
Si bien la descarga administrativa en las escuelas se realizará el 17 de marzo de 2023, los estudiantes del nivel básico no tendrán clases el viernes 31 de marzo por el Consejo Técnico Escolar y Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes Nuevos Planes y Programas de Estudio mensual.
Mayo del 2023 iniciará con el feriado del 1 de mayo, día del Trabajo, que por ley es de descanso obligatorio y cae en lunes, por lo que los trabajadores podrán tener un fin de semana largo.
El 5 de mayo será viernes y también es oficial, debido a la conmemoración de la Batalla de Puebla.
El 10 de mayo, día de las Madres, no es un día de descanso obligatorio, pero cae en miércoles y precede al 15 de mayo, día del Maestro, en que ese gremio no trabajará, según el calendario escolar de la SEP 2022-2023, por lo que no habrá clases.
Para el vienes 26 de mayo, los niños tampoco acudirán a la escuela pues hay Consejo Técnico Escolar y Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes Nuevos Planes y Programas de Estudio, así como descarga administrativa.
En ese mes no habrá días feriados para los trabajadores, pero el viernes 30 de junio 2023 será el Consejo Técnico Escolar y Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes Nuevos Planes y Programas de Estudio, así como descarga administrativa.
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En ese mes no habrá días feriados para los trabajadores, sin embargo el miércoles 26 de julio termina el ciclo escolar 2022-2023 de la SEP, por lo que desde ese día y hasta el domingo 28 de agosto 2023.
El lunes 28 de agosto, los niños de primaria y secundaria regresan a clases y en ese mes los trabajadores no tienen ningún día de asueto oficial por ley.
La Ley del Trabajo en su artículo 74 establece que el 16 de septiembre es un día feriado oficial para los trabajadores, sin embargo en el 2023 caerá en sábado.
La Ley del Trabajo en su artículo 74 establece que es día feriado oficial en conmemoración de la Revolución Mexicana el 20 de noviembre, que en 2023 caerá en lunes.
Mientras que los días 1 y 2 de noviembre no son feriados oficiales.
El 25 de diciembre es un día oficial de asueto establecido en la Ley Federal del Trabajo, pero ni 24 ni 31 lo son.
Los días de descanso obligatorio se encuentran señalados en el artículo 74 de la LFT, siendo estos:
I. El 1o. de enero;
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
IV. El 1o. de mayo;
V. El 16 de septiembre
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
VIII. El 25 de diciembre, y
IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Si te toca trabajar en uno de estos días tienes derecho a que se te pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble.
Hay un caso en que se paga el triple y eso ocurre cuando además de ser feriado oficial se trabaja en domingo, pues además del doble obligatorio por ley se debe agregar la prima dominical. Este es el caso de domingo 25 de diciembre 2022 y domingo 1 de enero 2023.
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