Con relación a las declaraciones hechas en México en días recientes por directivos de Roku en su visita a México, Anthony Wood y Matthew Anderson, CEO y Director de Mercadotecnia respectivamente, en las que argumentaron que su dispositivo de distribución y reproducción de contenidos audiovisuales no comercializa señales que violen derechos de autor en México , el Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones ( IDET ) expresó su extrañeza por la inexactitud de dichas afirmaciones.
Los empresarios señalaron que su plataforma había sido optimizada para eliminar contenidos ilegales y expulsar a quienes la emplean para propagar contenido robado. El problema, es que aún con las medidas implementadas por la empresa, Roku sólo detecta contenido ilegal cuando ya se encuentra expuesto al consumidor en la plataforma, por lo que no puede detectar contenido ilegal de manera previa.
Es decir, Roku no prohíbe la entrada de ese contenido robado antes de que se haga el daño, como si lo hacen otros dispositivos similares, Apple TV , y Google Chromecast.
Esta problemática debe considerarse, ya que de acuerdo con The Competitive Intelligence Unit , Roku tiene 1.1 millones de usuarios en el país, de los cuales el 40% lo utiliza para ver contenido de forma ilegal.
Ante versiones que acusan el origen del predicamento de Roku en México como un conflicto con una empresa, es preponderante indicar que representantes de organizaciones como la Coalición por el Acceso Legal a la Cultura ( CALC ), la Sociedad de Autores y Compositores de México ( SACM), la Cámara Nacional de la Industria Cinematográfica ( CANACINE) e incluso otros proveedores de servicios de telecomunicaciones fijas se han expresado en los últimos meses apoyando las acciones del Poder Judicial en pro de la propiedad intelectual y la defensa del patrimonio cultural de los mexicanos.
El pronunciamiento más ejemplificativo relacionado con dispositivos que carecen de medidas de seguridad como Roku , es el comunicado que se distribuyó a medios de la Motion Picture Association ( MPAA), de fecha 13 en julio de 2017.
En este documento, se expone el daño que están causando aplicaciones de contenido pirata y lo que considera que desincentiva toda la cadena de creación de obras intelectuales. La MPAA señala, entre otras cosas, que: “El uso incorrecto de los dispositivos o sistemas de televisión por protocolo de internet que utilizan la descarga de aplicaciones o canales digitales en su plataforma, pueden ofrecer de manera ilegal el acceso a todo tipo de contenidos.”
Por ello, el IDET manifestó que no existe negativa a que se desarrollen servicios como el streaming, pero considera que esto se debe hacer respetando los derechos de terceros y apegado a las prácticas leales de comercio.