Culiacán borró de la discusión pública el tema de la revocación de mandato. Debemos retomarlo, pues si todo sigue su curso, próximamente los ciudadanos dispondremos de un instrumento de democracia directa muy poderoso, pero también con alto riesgo de erosionar a la democracia directa.

En California, la revocación de mandato sirvió para deponer a Davis, a quien la opinión pública hizo responsable de que las tarifas de luz se triplicaran. En Perú el mismo instrumento ha provocado más de 5 mil solicitudes de revocación, lo que dificulta acuerdos políticos e impide políticas públicas de mediano plazo. Es decir, para que este mecanismo fortalezca a la democracia debe legislarse correctamente.

Así, por ejemplo, la Comisión de Venecia recomienda regular el proceso de obtención de firmas, de manera que las consiga personal voluntario (impago), debidamente acreditado. Hay que asegurar que no exista coacción sobre los ciudadanos.

Para el caso mexicano, convendría legislar que las firmas se consigan a través de dispositivos electrónicos. Ello evitaría las firmas simuladas que se han detectado en ejercicios similares. Debe haber consecuencias para quienes traten de engañar al árbitro.

La Ley debe definir si es posible acumular las firmas que fueran entregadas por distintos promotores de la revocación. Toda vez que la causa sería idéntica, suena razonable la sumatoria.

El modelo aprobado por el Senado requiere una participación mínima de 40 por ciento para hacer válida una revocación. En el caso de los referendos, la propia Comisión sugiere eliminar esos quórums de validez, pues pueden generar incentivos hacia el abstencionismo. Queremos que las preferencias se revelen nítidamente. Además, se corre riesgo de crisis política en la eventualidad de que no se alcance el quórum de validez, pero una amplia mayoría de los que sí votaron se pronuncie en favor de la revocación.

El modelo aprobado por el Senado acertadamente faculta al INE para organizar el proceso. Sería conveniente incluir en la Ley que las casillas cuenten con representantes de quienes piden la revocación, así como con observadores. Debe definirse una ruta para resolver disputas judicialmente, desde el proceso de obtención de firmas hasta el momento en que, en su caso, se emita la declaratoria de revocación. Evidentemente el proceso de revocación debe incluir también a quienes residen en el extranjero, toda vez que la diáspora participó en la elección.

La ciudadanía debe tener información suficiente para formarse una opinión. Ese derecho, sin embargo, no justifica violar la equidad del proceso. Es conveniente definir representantes “a favor” y “en contra” de la revocación y dar a ambas posiciones el mismo espacio en radio y televisión y, en su caso, el mismo financiamiento. Hay que poner controles estrictos para evitar el uso de bienes o dinero público en la promoción. El IECM ya realizó una consulta con ese modelo de comunicación, obteniendo resultados favorables en términos de equidad.

Las actividades de ambos grupos deben ser transparentes y fiscalizables, desde el momento que inicia la obtención de firmas. Llama la atención que en el modelo aprobado por el Senado se exija 3% del listado nominal para pedir una revocación de Presidente, pero 10% para solicitar la de un Gobernador.

México puede tener un instrumento valioso para corregir el rumbo, ahí cuando las expectativas del electorado no sean satisfechas. Corresponde ahora regularlo con mucha responsabilidad para garantizar que funcione en condiciones óptimas.


Consejero Electoral del Instituto Electoral
de la Ciudad de México. @yuribeltranm

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