Entre los muchos temas abordados en la reforma electoral propuesta por el Presidente, hay uno que ha alcanzado buen consenso. Su iniciativa sugiere elevar a rango constitucional “la garantía del uso de tecnologías de la información y comunicación para la emisión del voto, y con ello, hacer más eficaz y asequible el ejercicio de este derecho”. Existen iniciativas presentadas por PAN, PRI, PT y MC que apuntan en la misma dirección.
Hay buenas razones para pensar en el voto electrónico como una alternativa interesante para México. Cada vez que vamos a elecciones, se requiere la participación de 1.4 millones de ciudadanos, aleatoriamente seleccionados y debidamente capacitados. Ello supone un esfuerzo humano y financiero muy importante que, sin embargo, ha sido insuficiente para evitar suspicacias en torno a los resultados electorales.
Si se implementan con cuidado, las tecnologías de la información pueden reducir la cantidad de funcionarios de casilla requeridos, eliminar por completo errores aritméticos en los escrutinios, mejorar la accesibilidad para personas adultas mayores y/o con discapacidad y –en el mediano plazo– reducir costos. Por supuesto, también se harían innecesarios los conteos rápidos y PREP, como instrumentos para anticipar resultados. Al haber incorporado tecnologías a la transmisión de resultados, Colombia logró ofrecer resultados del 99% de sus casillas a cuatro horas del cierre de casillas.
Pero hay que ser cautos. Como cualquier otra modalidad, la votación electrónica impone riesgos que deben ser mitigados al legislar e implementar.
Aprovechando los impulsos reformistas, la Constitución debe ser modificada para expresamente permitir la votación electrónica en elecciones, consultas populares y ejercicios de revocación de mandato. Sus trazos deben generales, para no comprometerse con una tecnología en particular. Un buen punto de partida sería exigir que el sufragio electrónico se comprometa con los principios del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: elecciones justas, genuinas, periódicas e igualitarias; voto universal, libre y secreto.
Es la ley comicial la que debe contener las precisiones. Toda vez que la tecnología avanzará antes del siguiente cambio normativo, es aconsejable que la legislación se apegue a estándares internacionales estables. El Consejo de Europa y Estados Unidos han sistematizado los principales. Éstos tienen que ver con la necesidad de que los aparatos y sistemas estén certificados por entes externos y que los sistemas sean auditables antes, durante y después de la elección. Debe garantizarse la seguridad de los sistemas.
En cuanto a los votantes, los estándares internacionales señalan –por supuesto– la necesidad de que el voto sea secreto y que exista trazabilidad del sufragio. El ciudadano debe poder verificar que su preferencia fue la que arribó al repositorio de votos electrónicos. Además, se debe posibilitar que organizaciones especializadas y no especializadas revisen distintos puntos del sistema, con el objeto de incrementar la confianza ciudadana.
Una reforma electoral modernizadora permitiría, por fin, avanzar con pasos firmes en la implementación de sistemas electrónicos de votación. Las experiencias internacionales y las implementadas en Jalisco, Coahuila y Ciudad de México dan muestra de que es posible implementar tecnologías en forma segura y confiable. Ojalá se aprovechen los contados puntos de encuentro que tienen las propuestas de reforma electoral en discusión.