La Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria que ha levantado más de una ceja. La reforma modifica la forma en la que operan dos fondos: el Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, el FEIP, y el Fondo de Estabilización de los Ingresos de la Entidades Federativas.  Ambos tienen el propósito de compensar los ingresos en caso de contingencias económicas que impidan que se cumpla lo establecido en la ley. Es decir, si los ingresos no son ―en la realidad― los que se habían estipulado, se puede recurrir a los recursos de esos fondos para compensar su caída.  

La idea es que estos fideicomisos funcionen como un amortiguador frente a fluctuaciones imprevistas en los ingresos. Sobra decir que, si se utilizan en una contingencia negativa, los fondos deben reponerse cuando los ingresos observados sean mayores a los presupuestados. Evidentemente, para evitar el mal uso de los recursos ahí contenidos hay reglas que establecen cómo y en qué pueden utilizarse.  

La reforma del viernes aplicaría al artículo 21 bis de la ley mencionada que aborda la operación de los propios fondos. La reforma agrega una fracción que dice: “Tratándose del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, la Secretaría (de Hacienda) podrá realizar aportaciones adicionales consistentes en activos financieros”. En principio, no suena mal. Hacienda podría hacerle aportaciones a esa alcancía, a ese fondo de estabilización, para que éste creciera y tuviéramos más recursos para atender contingencias, pero surgen dudas.  

¿Qué activos podría transferirle Hacienda al Fondo? Hasta este momento se estipula que serían, por ejemplo, participaciones de capital donde participa el Estado, reservas de seguros, rendimientos financieros de inversiones, cuentas por cobrar. Conforme a lo expresado por Hacienda en un comunicado ayer, los activos que trasladaría al FEIP provendrán de los “ahorros”, o más bien, de los subejercicios que no dé tiempo de reasignar presupuestalmente. Las cuentas de los trabajadores ―como los recursos en el Infonavit― o las cuentas personalizadas de las Afores son de las personas y no son activos del gobierno por lo que no serían transferibles a ningún fondo.

Al final del día, el dinero es fungible, así que ¿no se trata más bien de sacar recursos de una bolsa para pasarlos a otra? Y si ese es el propósito habrá que entender muy bien las letras chiquitas, ¿a qué bolsa se le quitan y por qué se le pasan al FEIP? ¿Mala planeación, acaso?

No es que uno quiera pensar mal, pero dada la estimación del crecimiento económico, suena a que los ingresos el año que entra serán menores a los estimados. Los criterios de política económica tienen el propósito fundamental de planear los ingresos y los gastos del año siguiente. Para 2023, la Secretaría de Hacienda estima que la economía mexicana crecerá 3%, por encima de las estimaciones de cualquier otra institución financiera. Los recursos del FEIP han disminuido estrepitosamente. Al inicio de esta administración, el FEIP tenía 246 mil 690 millones de pesos. El saldo a septiembre de este año es de 25 mil 483 millones, una disminución de casi 90%.

No me extraña que quieran reconstituir un fondo que prácticamente ya vaciaron, pero las formas y las razones importan. En año de poco crecimiento económico, con poco dinero ya en los fondos, con comicios estatales en puerta y en víspera de la elección presidencial… no sé, a lo mejor hay que pensar mal, para acertar.

@ValeriaMoy

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