En dos de mis columnas del mes de agosto, me referí al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, conocido como el IMPI, en el sentido de que su nuevo director, José Sánchez Pérez, estaba limpiando la polvareda dejada por el sexenio de Enrique Peña Nieto.

Además, que existía un expediente lleno de sorpresas del que podían constatarse diversos trámites realizados en ese sexenio para beneficiar indebidamente al gigante tecnológico “Google”, ejemplo de ello es la inscripción de un supuesto contrato de licencia entre Google LLC y Google México registrado el 13 de julio de 2017, al que se pretende dar efectos retroactivos al 2005.

Dichos procedimientos tienen su origen en el juicio civil Richter vs Google, donde Google manifestó que no cuenta con oficina o establecimiento en México, lo cual es contrario a la verdad, toda vez que en la calle Montes Urales número 445, colonia Lomas de Chapultepec, existe el emblemático edificio de oficinas que tiene el logo de “Google”.

Ante dicha aseveración, hace 6 años (2017) surgió la interrogante: si no tiene oficinas en México, ¿cómo puede usar sus marcas en dicho territorio? Por ello, se solicitó al IMPI que, si el gigante tecnológico no acreditaba el uso de las mismas, éstas fueran canceladas o caducadas. La fecha que Google tendría que acreditar el uso de su marca sería de tres años anteriores a la fecha presentación de la caducidad (del 23 de junio del 2014 al 23 de junio del 2017). En ese periodo Google Inc., no tenía ninguna licencia inscrita. No existió prueba idónea para que Google pudiera acreditar el uso.

En esa época, administración de Peña Nieto, el IMPI tardó tres años en resolver aduciendo que Richter no tenía interés jurídico. Las resoluciones fueron impugnadas por el despacho Obon Abogados, ante lo cual, la Sala Especializada en materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa revocó la determinación del Instituto señalando que el solicitante Ulrich Richter Morales sí tenía interés por haber solicitado el registro de un aviso comercial denominado: “Para el caso Richter Google”, dicha resolución fue impugnada por Google LLC mediante 14 amparos directos, mismos que fueron negados por los tribunales colegiados, 3º, 4º, 7º, 8º, 11, 13, 14, 15, 16, 17 y 20 en materia Administrativa. Posteriormente, llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde la Presidencia del Tribunal Constitucional ha desechado hasta ahora 11 de esos recursos interpuestos por Google, al considerarlos improcedentes.

Derivado de lo anterior, el IMPI se vio obligado a dar cumplimiento a la ejecutoria en plenitud de jurisdicción, es decir, si Google había usado sus marcas o no y como el coloso no pudo acreditar dicho uso, caducaron las mismas en los rubros de publicidad y mercadotecnia clase 35, servicios financieros clase 36, perfumería y cosméticos clase 3, muebles clase 20, etc. Cabe apuntar que, en el 2017 la Unidad de Transparencia del IMPI señaló en su listado de marcas estimadas o declaradas famosas o como notoriamente conocidas, que Google no estaba considerada en esos supuestos, y que además en esas fechas Google no la había solicitado en términos de la Ley.

Es sabido que un algoritmo matemático consiste en una serie de pasos para resolver determinado problema, así es que Google, una empresa pitagórica y, por ende, matemática, ha puesto a trabajar diversos algoritmos en sus batallas legales; sin embargo, en este caso podemos observar que el que utilizaron para resolver el tema de si tienen o no oficinas en territorio mexicano con el propósito de ser impunes, no les funcionó y ha generado un efecto dominó negativo en sus marcas.

Resulta que el algoritmo utilizado por Google en su estrategia pseudolegal, cayó por su propio peso o por su propio karma ante una dependencia que no se dejó intimidar por el gigante como tampoco lo han hecho con antelación más de cincuenta impartidores de justicia en distintos tribunales, fueros y materias.

Así es que Google ha empezado a buscar las marcas que perdió su algoritmo y posiblemente ni el buscador por excelencia le puede ayudar. Bien por el IMPI y por el estado de derecho.

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