En 2005 fui invitado a conocer el proceso de elaboración del coñac Martell, precisamente en el poblado que da el nombre a la bebida, es decir Cognac, Francia. Al llegar a París abordé el tren que me llevó al poblado de Angoulême, donde ya me aguardaba una limusina, de esas con chofer de traje y guantes blancos, que me transportó al castillo de Martell. Esa experiencia me sirvió para conocer y probar la Denominación de Origen del Coñac, y el respeto que se ha ganado en todo el mundo.

Esto viene a cuento pues, esperando el tren que me llevaría a Cognac, decidí comprar una baguette y una cerveza. Ese fue mi encuentro con la polémica bebida con sabor a tequila Desperados que, por cierto, sabe horrible.

Esta cerveza de sabores lleva 25 años comercializándose con éxito en Europa, África y Asia, sin reconocer la Denominación de Origen Tequila (DOT) que se emplea para su elaboración, motivo por el cual el Consejo Regulador del Tequila, que encabeza Miguel Ángel Domínguez Morales, ha hecho todo lo que está a su alcance por retirar el producto del mercado, pero sin éxito hasta ahora.

Esta disputa incluso llegó a la Comisión Europea desde 2017, cuando el CRT alegó el uso no autorizado e indebido de la DOT en dicha cerveza. En su defensa, Heineken alega supuestos “obstáculos” de importación de tequila en la Unión Europea. Así las cosas, la Comisión Europea inició este año un procedimiento de investigación en contra de México, motivado por la queja interpuesta por la Asociación de Cerveceros de Europa.

Con ese respaldo, Desperados goza de popularidad e impunidad en los países y mercados donde tiene presencia, a tal grado que se le ha permitido experimentar con otros sabores y segmentos (Desperados Mojito y Desperados Sangrita). Incluso, llama mucho la atención una atrevida campaña que denominó “Marcamos las Normas”.

Sencillamente, parece que nada puede hacer el CRT ante tal prepotencia comercial.

Pero, ¿qué dice la Ley? La Ley Federal de Propiedad Industrial establece como requisito indispensable que para poder envasar tequila en el extranjero debe existir un convenio de corresponsabilidad entre una marca tequilera y la envasadora, lo que no se cumple en el caso de Desperados.

Le comparto otro dato: de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana 049, los productos combinados deben contar con al menos una proporción de 25% de la bebida mexicana en el total de la base alcohólica para poder ostentar la palabra tequila en su etiquetado, mientras que la polémica cerveza tiene apenas 1%.

Heineken ha demostrado más “colmillo” jurídico en este lío y difícilmente se vislumbra que doble las manos en el corto plazo ante los reclamos del gremio tequilero. Además, otro gallo le cantaría al CRT si la agenda diplomática fuera la prioridad del gobierno federal, pero sabemos que no es así.

Falta mucho por escribirse, pero en lo que se resuelve este caso espinoso, ¿habrá alguien a quien se le ocurra crear en México su propia mezcla de tequila con cerveza? Eso está por verse…

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