Los 86 votos de legisladores de Morena, PT, PVEM y del panista lograron la aprobación en lo general y en lo particular de la reforma judicial en el Senado de la República, la cual fue turnada a los congresos locales de los 32 estados del país para su ratificación. Si la mayoría de las legislaturas de las entidades aprueban la reforma, la 4T logrará consumar el llamado “Plan C”.

Tras la aprobación en congresos locales, el Poder Ejecutivo, cuyo titular es el presidente Andrés Manuel López Obrador, publicará el decreto de la reforma en el Diario Oficial de la Federación, con lo cual se concretarán los cambios a la Constitución. Te contamos en tiempo real los congresos locales que ya aprobaron la reforma y qué sigue para la posterior elección de ministros, jueces y magistrados.

¿Cuántos congresos locales deben avalar la reforma para concretar los cambios en la constitución?

Según el artículo 135 de la Constitución, para que una reforma constitucional pueda ser aprobada, la mayoría de los congresos locales deben ratificar los cambios previamente avalados por el Congreso de la Unión. Es decir, necesita la aprobación de 17 de las 32 legislaturas locales para consumar los cambios constitucionales.

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Sin embargo, cada legislatura local determina sus propias reglas para aprobar reformas a la constitución. Es decir, Morena y sus aliados no necesitan mayoría calificada (dos terceras partes del pleno) para ratificar el proyecto en todas las entidades. Por ejemplo, en el Congreso de la Ciudad de México, se necesita sólo mayoría absoluta (la mitad, más uno) para avalar cambios en la constitución.

Hasta el momento, Oaxaca, Veracruz, Tabasco y Quintana Roo son los estados que ya avalaron la reforma constitucional. Faltan todavía 13 para concretar los cambios a la constitución. A continuación te dejamos un gráfico interactivo para consultar el estatus de la reforma judicial en cada uno de los congresos locales.

¿Cuándo se llevarán a cabo las elecciones del Poder Judicial?

La reforma aprobada por el Senado en la madrugada de este 11 de septiembre indica que El proceso electoral comenzará en el momento que entre en vigor el decreto de la reforma constitucional, es decir, cuando se publique en el Diario Oficial de la Federación. A partir de ese momento, el Instituto Nacional Electoral deberá iniciar los preparativos para los comicios.

La votación se llevará a cabo el domingo 8 de junio de 2025. En el caso de los magistrados, magistradas de circuito, jueces y juezas de distrito, la elección será de manera escalonada en 2025 y en 2027.

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Para la elección de ministra o ministro de la Suprema Corte, magistraturas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, cada Poder de la Unión designará 9 candidaturas por cargo. Mientras que para magistraturas de circuito y jueces de distrito, cada poder elegirá 6 candidaturas por cargo. En total se elegirían más de mil 600 cargos.

Previo a la elección, la campaña durará 60 días con espacios de radio y televisión para las personas candidatas, los cuales serán repartidos de manera igualitaria por el INE. Está prohibido el financiamiento público o privado y los partidos políticos no podrán realizar actos de proselitismo.

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