Este 7 de octubre, la Presidenta Claudia Sheinbaum envió dos iniciativas al Congreso de la Unión para modificar la Ley General de Procedimientos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación. Se trata de las leyes secundarias que detallan la elección de cargos en el Poder Judicial de la Federación (PJF) y los poderes judiciales estatales. Gerardo Fernández Noroña, presidente de la mesa directiva del Senado, adelantó que este miércoles la Cámara Alta discutirá las propuestas, por lo que se prevé que sean aprobadas en fast track. Paso a pasito, aquí te explicamos cómo se llevará a cabo el proceso electoral.
¿Cuándo serán las votaciones?
De acuerdo con los cambios a la ley, la votación se llevará a cabo el 1 de junio de 2025. En el caso de magistraturas de circuito, juezas y jueces de distrito, así como de magistraturas, juezas y jueces de los poderes judiciales estatales, la elección será de manera escalonada en 2025 y en 2027. En total, de acuerdo con las cifras del Censo Nacional de Impartición de Justicia 2023, se elegirán 1,683 cargos federales y 5,025 cargos locales.
El Senado es el encargado de publicar la convocatoria para la integración de candidaturas y cuenta con un plazo de 30 días naturales después de la instalación del primer periodo ordinario de sesiones. Los listados de candidaturas pasarán al INE, que organizará la elección, hará los cómputos respectivos, publicará los resultados y entregará constancias de mayoría a las personas candidatas que obtengan más votos.
Las fechas clave de la primera elección
- 16 de octubre de 2024: El Senado emite la convocatoria general a los Poderes de la Unión para integrar el listado de candidaturas.
- 31 de octubre de 2024: Los Poderes de la Unión instalan los Comités de Evaluación que elegirán las candidaturas.
- 4 de noviembre de 2024: Los Comités de Evaluación publican las convocatorias para participar en el proceso de selección de candidaturas.
- Del 5 al 24 de noviembre de 2024: Las personas interesadas en participar en la elección tendrán este plazo para registrarse.
- 15 de diciembre de 2024: Los Comités de Evaluación publican el listado de personas que hayan cumplido con los requisitos de elegibilidad para contender en la elección.
- 31 de enero de 2025: Los Comités de Evaluación califican la idoneidad de las personas elegibles para ser candidatas.
- 4 de febrero de 2025: Los Comités de Evaluación seleccionan los perfiles mejor evaluados para cada cargo y envían los listados a los Poderes de la Unión.
- 5 de febrero de 2025: Una vez que los Poderes de la Unión determinan su conformidad sobre las personas finalistas, devuelven los listados a los Comités de Evaluación. A través de insaculación (tómbola) se depurarán el número de postulaciones correspondientes a cada cargo.
- 7 de febrero de 2025: Los Poderes de la Unión aprueban los listados depurados y los remiten al Senado de la República.
- 12 de febrero de 2025: El Senado revisa, integra y envía los listados al Instituto Nacional Electoral (INE) para que organice la elección.
- 1 de junio de 2025: Elección de cargos del Poder Judicial.
Los cargos que se elegirán en 2025
- Cinco ministras y cuatro ministros vacantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
- Dos magistraturas vacantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
- 15 magistraturas de Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
- Cinco magistraturas del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial.
- 823 magistrados, magistradas de circuito, jueces y juezas de distrito.
- 627 magistraturas de poderes judiciales estatales.
Los cargos que se elegirán en 2027
- Cinco magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
- 824 magistrados, magistradas de circuito, jueces y juezas de distrito.
- 4,398 jueces y juezas de poderes judiciales estatales.
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¿Qué pasa con las personas que dejarán sus cargos?
La reforma judicial indica que las personas magistradas de circuito, así como jueces y juezas de distrito que dejen su cargo, ya sea por haber declinado o por no resultar electas, serán acreedoras a un pago equivalente a tres meses de su salario, 20 días de salario por año trabajado y otras prestaciones a las que tengan derecho.
¿Cuántas candidaturas habrá por cargo?
Los Poderes de la Unión postularán cierto número de candidaturas por cada cargo a votar.
Ejecutivo (Presidenta de la Nación)
- Para ministra o ministro de SCJN, magistraturas del TEPJF e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, elegirá tres candidaturas.
- Para magistraturas de circuito, jueces y juezas de distrito, elegirá dos candidaturas.
Legislativo (Cámaras del Congreso)
- Para ministra o ministro de SCJN, magistraturas del TEPJF e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, elegirá tres candidaturas; una la elegirán en la Cámara de Diputados y las otras dos en el Senado.
- Para magistraturas de circuito y jueces de distrito elegirá 2 candidaturas, una la elegirán en la Cámara de Diputados y otra en el Senado.
Judicial (Pleno de la Suprema Corte)
- Para ministra o ministro de SCJN, magistraturas del TEPJF e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, elegirá tres candidaturas.
- Para magistraturas de circuito y jueces de distrito elegirá dos candidaturas.
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En total, para la elección de ministra o ministro de SCJN, magistraturas del TEPJF e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, los poderes de la unión designarán 9 candidaturas por cargo, mientras que para magistraturas de circuito y jueces de distrito, designarán 6 candidaturas por cargo. Si el criterio se sigue de la misma manera en los estados y sus respectivos poderes locales, para cada magistratura, juez y jueza local, se elegirán 6 candidaturas por cargo.
Comité de Evaluación; los ojos que deciden
Cada Poder de la Unión conformará un Comité de Evaluación que evaluará a las personas aspirantes a contender por un cargo judicial.
Cada comité estará integrado por cinco personas “reconocidas en la actividad jurídica”, con título en licenciatura en derecho y al menos cinco años de experiencia en el área, las cuales determinarán sus propios mecanismos y metodologías para entrevistar y evaluar a quienes aspiran a una candidatura. Las candidaturas que hayan sido rechazadas por el comité podrán impugnar esa decisión ante el Tribunal Electoral o ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La vida es una tómbola
Si el número de aspirantes idóneos para el cargo es superior al límite, cada Comité de Evaluación podrá aplicar una tómbola para reducir su número.
Quiero postular a un cargo, ¿qué requisitos necesito?
- Título profesional de licenciado en derecho.
- Presentar un ensayo de cinco cuartillas donde se expongan los motivos de postulación.
- Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
- No haber sido titular de una secretaría de estado, Fiscal General de la República, senador, diputado federal o gobernador durante el año previo al día de la publicación de la convocatoria para postularse.
- Cinco cartas de referencia de vecinos, colegas o personas que respalden idoneidad para el cargo.
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Para ministras, ministros de la Suprema Corte, magistraturas del TEPJF y Tribunal de Disciplina Judicial:
- Promedio general de 8 o 9 en materias relacionadas con el cargo en su licenciatura, maestría o doctorado.
- Práctica profesional de al menos 5 años en el ejercicio de la “actividad jurídica”.
- Haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la publicación de la convocatoria para el cargo.
Para magistradas y magistrados de circuito:
- Promedio general de 8 o 9 en materias relacionadas con el cargo en su licenciatura, maestría o doctorado.
- Práctica profesional de al menos 3 años en el área jurídica afín a su candidatura.
- Haber residido en el país durante el año anterior al día de la publicación de la convocatoria para el cargo.
Para jueces y juezas de distrito:
- Promedio general de 8 o 9 en materias relacionadas con el cargo.
- Haber residido en el país durante el año anterior al día de la publicación de la convocatoria para el cargo.
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La campaña: Qué se vale y qué no
- La campaña durará 60 días.
- Habrá acceso a espacios de radio y televisión de manera igualitaria conforme a tiempos que determine el INE.
- Las personas candidatas podrán difundir su trayectoria profesional, méritos, visiones sobre la función jurisdiccional y la impartición de justicia, así como propuestas de mejora,
- Las personas candidatas podrán participar en foros de debate organizados y brindados gratuitamente por el sector público, privado o social, en condiciones de equidad.
- Quienes aspiren a un cargo público pueden cubrir con sus propios recursos gastos personales, viáticos y traslados dentro del terriorio correpondiente a la candidatura.
- No habrá precampaña.
- Está prohibido el financiamiento público o privado para las campañas.
- Las personas candidatas deben respetar los topes de gastos personales que serán determinados por el Consejo General del INE.
- Está prohibida la entrega de cualquier tipo de material que ofrezca beneficios directos o indirectos a electores.
- Los partidos políticos no podrán realizar actos de proselitismo a favor o en contra de las candidaturas.
¿Qué podrás ver en la boleta?
- La lista numerada de nombres de personas candidatas y su especialidad cuando sea el caso.
- Autoridad que postula las candidaturas (ejecutivo, legislativo, poder judicial).
- Candidaturas de juzgadores que ya ocupan el cargo a renovar pero desean participar en la elección.
- Datos del cargo.
- Entidad federativa.
- Circuito judicial.
- Circunscripción plurinominal.
Quienes participen en la votación recibirán múltiples boletas, según el tipo de cargo a elegir y el circuito judicial donde se encuentren.
- Para ministras o ministros de la Suprema Corte se podrá elegir hasta 5 mujeres y 4 hombres.
- Para magistraturas de Sala Superior del TEPJF se podrá elegir hasta dos mujeres y dos hombres.
- Para magistraturas de Salas Regionales del TEPJF se podrá elegir hasta dos mujeres y un hombre.
- Para magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial se podrá elegir hasta tres mujeres y dos hombres.
- Para magistraturas de circuito y jueces de distrito se podrá elegir hasta cinco mujeres y cinco hombres.
¿Cómo votar?
Las personas que participen en la elección deberán elegir y marcar las candidaturas de su preferencia en las boletas que les entreguen.
Los focos rojos
No se atiende justicia cotidiana
Andrés Alcántara Silva, abogado constitucionalista, considera que la reforma judicial falla en no atender los problemas de justicia cotidiana, pues no propone cambios para instancias de justicia locales, en las cuales se atienden la mayoría de litigios que existen en el país. El especialista advierte que la reforma más bien se perfila como un mecanismo para eliminar contrapesos al Poder Ejecutivo.
Eliminar requisitos abre puerta a personas no capacitadas
El abogado Luis Eliud Tapia Olivares, especialista en derecho penal, ve riesgos en la eliminación de requisitos para contender por cargos. Por ejemplo, para el caso de jueces de distrito, se eliminó el requisito de experiencia. De esta manera, por ejemplo, un recién egresado de la carrera de derecho podría contender si así lo designa un Comité de Evaluación.
Gerardo Carrasco, abogado abogado especialista en litigio estratégico, administrativo y constitucional en el sector privado, también ve afectaciones a las aspiraciones de la carrera judicial de las personas que trabajan en el Poder Judicial de la Federación, pues advierte que varias han trabajado durante años en los tribunales y juzgados para poder aspirar a un cargo de juez o magistrado.
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Incertidumbre en método para elegir candidatos
El abogado Luis Eliud Tapia Olivares dice que es problemática la conformación de los Comités de Evaluación para designar candidatos, pues no quedan claro los criterios para elegir a las personas aspirantes al cargo, ya que cada Poder de la Unión podrá elegir sus propios mecanismos.
¿Un premio para la Sala Superior del TEPJF?
De acuerdo con la reforma, las personas magistradas en funciones de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación podrán permanecer en sus cargos hasta 2027. Se trata de una distinción que no tendrá ningún otro cargo en la elección de 2025. Además, la reforma les retira la restricción para aspirar a otros cargos como el de ministro o ministra de la Suprema Corte de la Nación.
Según el abogado Luis Eliud Tapia Olivares, existe una lectura que ve estas distinciones como un “favor”, dado que las personas magistradas de la Sala Superior fueron quienes ratificaron la mayoría calificada de Morena en la Cámara de Diputados. Por su parte, el abogado Andrés Alcántara Silva explica que no encuentra una justificación jurídica para esta distinción.
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Una votación complicada y confusa
El abogado Luis Eliud Tapia Olivares asevera que la elección se llevaría a cabo violando principios básicos electorales de certeza jurídica, pues, ante las múltiples candidaturas y el poco tiempo de campaña, pone en duda que la ciudadanía tenga los medios para analizar a detalle las candidaturas y tomar una decisión informada.
“Tan sólo en la boleta para cargos en la Suprema Corte, un órgano de sólo nueve personas, ahí vemos como 90 nombres. En otros casos (...) puede haber hasta 500 o 400 nombres”, advierte el especialista.