Por: Guadalupe Salmorán Villar
El Poder Legislativo tiene sobre su mesa el paquete de reformas constitucionales promovidas por el presidente, que incluye la propuesta de habilitar la elección popular de las personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación. La actual pluralidad del Congreso de la Unión vaticina que la iniciativa pasará inadvertida, aunque se espera que sea retomada por la siguiente administración. De acuerdo con la narrativa presidencial, el Poder Judicial es una institución elitista, distante y opaca para la ciudadanía de a pie. Por ello es necesario encontrar alternativas como aquella para corregir el “déficit democrático” de la judicatura.
No obstante, a pesar del entusiasmo del oficialismo, la elección popular de jueces es una idea impopular. Con excepción de Bolivia, ningún otro país en el mundo opta por el sufragio universal como mecanismo para decidir respecto de la integración de sus más altas cortes de justicia. Y solamente algunas. En contraste con la iniciativa del ejecutivo mexicano, en el país andino el sistema electivo es empleado para definir la integración de cuatro órganos jurisdiccionales: el Tribunal Constitución, el Tribunal Supremo de Justicia, el Tribunal Agroambiental y el Consejo de la Magistratura. De aprobarse, en México la reforma tendría alcances mucho más amplios, pues serviría para a elegir a todas las personas juzgadoras federales: a los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito a lo largo y ancho del país, a las ministraturas de la Suprema Corte de Justicia, a quienes integran los órganos de administración y disciplina del PJF e, incluso, a las magistraturas de la Sala Superior y Salas Regionales del Tribunal Electoral. En Bolivia, hay que decirlo, el Tribunal Supremo Electoral –responsable de organizar, ejecutar y proclamar los resultados de los comicios– está excluido del método electivo.
Los ejercicios comparados a la luz de esa experiencia enseñan que, hacer depender a las magistraturas de las preferencias electorales no mejora ni “democratiza” el sistema de justicia. Al contrario, no sólo no garantiza la elección de perfiles idóneos para la función judicial, expone a las personas juzgadoras a las presiones políticas, las deja fuertemente comprometidas con quienes respaldan sus candidaturas y las convierte en un componente más por la lucha por el poder. El sistema electivo no es abierto, ni directo ni transparente; el peso del voto ciudadano es marginal, la selección de las candidaturas queda a discreción de las hegemonías partidarias y privilegia las afinidades políticas por encima de la experiencia técnica.
Alterar el sistema de nombramiento de las magistraturas es una ruta efectiva, en todo caso, para dotar de juridicidad a una doble operación autoritaria: deshacerse de los jueces incómodos y someter a los órganos judiciales al poder político. Recordemos que una de las consecuencias inmediatas de la reforma sería la remoción de los jueces en funciones y su sustitución mediante comicios en 2025. Una vez lograda la limpieza de la judicatura, el camino quedaría despejado para colocar a perfiles según las preferencias y lazos con el partido en el gobierno, profundizando en ello la injerencia del poder ejecutivo sobre las autoridades jurisdiccionales.
Recuperar la credibilidad de la ciudadanía en el sistema de justicia es una tarea impostergable. De acuerdo con los más recientes datos del Latinobarometro (2023), el 67 por ciento de la población mexicana desconfía del Poder Judicial. Sin embargo, adoptar el voto popular no es la solución. La legitimidad de la jurisdicción no reside en el consenso de las contingentes mayorías, sino en la aplicación de la ley en garantía de los derechos de todxs.
Investigadora del IIJ-UNAM
Miembro del Observatorio de Reformas Políticas en América Latina