La Constitución considera que la democracia es un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo, es más que una estructura jurídica y un régimen político.

Suponer que la vida democrática tiene como único objeto la celebración de elecciones periódicas es un error.

Diversos autores sostienen que la democracia como sistema de vida o como régimen político se da cuando en un Estado se presentan ciertas condiciones, señalando las siguientes:

Separación efectiva de los Poderes, es decir, la no subordinación de un Poder a otro Poder. La no subordinación del Poder Legislativo al Poder Ejecutivo, la no subordinación del Poder Judicial al Poder Ejecutivo. La no subordinación del Poder Judicial al Poder Legislativo. El sistema democrático se da cuando existe equilibrio entre los Poderes, y respeto entre ellos.

La vida democrática es real cuando existe la libertad de expresión, y se materializa en el respeto a la prensa oral y escrita. Los Estados democráticos son respetuosos de la libertad de expresión cuando se abstienen de presionar a los periódicos y a los medios de información electrónicos, incluyendo aquellos que difunden ideas en las redes sociales.

La vida democrática se fortalece si el Estado fomenta la creación de empleos decentes.

La vida democrática se consolida cuando el Estado es promotor y defensor de las garantías individuales.

La existencia de tribunales que apliquen la ley con imparcialidad, y de leyes procesales que facilite a los justiciables dar impulso a los juicios es otra cualidad de los Estados democráticos.

La democracia se extiende cuando la sociedad sostiene y fortalece un sistema educativo de calidad.

El sistema democrático requiere que se celebren elecciones libres, periódicas, vigiladas, y resueltas con imparcialidad. Para que se cumpla este objetivo debe existir una estructura jurídica y un régimen político.

La estructura jurídica es el conjunto de leyes y reglamentos que prevén la existencia de las autoridades electorales, los procedimientos electorales y los recursos para garantizar la legalidad. El Artículo 41, fracción V Constitucional estipula: “La organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del Instituto Nacional Electoral y de los organismos públicos locales, en los términos que establece esta Constitución.”

El régimen político se consolida con la existencia de los partidos políticos que aceptan, acatan y defienden la estructura jurídica electoral.

El Artículo 41, fracción I Constitucional define, y establece el objeto, de los partidos políticos:

“Los partidos políticos son entidades de interés público; la ley determinará las normas y requisitos para su registro legal, las formas específicas de su intervención en el proceso electoral y los derechos, obligaciones y prerrogativas que les corresponden.”

“Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, fomentar el principio de paridad de género, contribuir a la integración de los órganos de representación política, y como organizaciones ciudadanas, hacer posible su acceso al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo…”

Los partidos tienen deberes señalados en la Constitución, que frecuentemente son violentados, e incluso son desconocidos por dirigentes y militantes de los partidos políticos, por lo que es de gran utilidad desglosar los deberes de los partidos políticos.

Deberes de los partidos políticos:

Promover la participación del pueblo en la vida democrática,

Fomentar el principio de paridad de género.

Contribuir a la integración de los órganos de representación política, y como organizaciones ciudadanas, hacer posible su acceso al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo.

¿Cómo interpretar los deberes de los partidos políticos?

Los partidos políticos deben promover la participación del pueblo en la vida democrática a través de la difusión de la cultura de la legalidad, la difusión de ideas de gobierno, la invitación a la ciudadanía para que participe en la discusión de las políticas públicas que afecten a los grupos sociales, a la comunidad y al país.

Fomentar el principio de paridad de género, es mandato de la Constitución garantizar la paridad de género, en las candidaturas a los distintos cargos de elección popular.

Contribuir a la integración de los órganos de representación política, la postulación de ciudadanos y militantes es la forma en la que los partidos políticos contribuyen a la integración de órganos públicos plurales en las que se representen los intereses de toda la sociedad.

Los partidos políticos hacen posible el acceso de los ciudadanos al ejercicio del poder público, invitando a los ciudadanos a la afiliación o a la adhesión a los partidos, en forma libre y voluntaria, por lo que tienen el deber de difundir los programas, principios e ideas que postulan y mediante tener elecciones internas a través del sufragio universal, libre, secreto y directo.

Consejera Electoral 

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