El proceso de despenalización del aborto ha enfrentado retos difíciles de superar debido a la fuerte oposición de grupos religiosos sobre el tema y los avances en cuestiones legales se vieron truncados en múltiples ocasiones durante todo el siglo XX.
A lo largo de la década de 1990, la falta de información contribuyo significativamente en la influencia de opiniones contrarias al aborto junto con el escaso apoyo por parte de las instituciones políticas.
La balanza de opiniones en contra se niveló con la fundación del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) en 1992, esta institución proporciona información objetiva, científica y laica sobre el aborto en México, esto con el objetivo de visibilizar el tema como un problema de salud pública y de derechos humanos por sobre la postura moral.
El nuevo gobierno de la ciudad en busca de una reforma a favor del aborto
Para 1997 con la entrada del gobierno de Cuauhtémoc Cárdenas en la Ciudad de México, se planteó una reforma radical del Código Penal del DF, el cual no había modificado las cláusulas referentes al aborto desde su creación en 1931.
Esta fue una oportunidad importante para que en 1998 organizaciones feministas junto con el GIRE exigieran la reforma del Código Penal en cinco áreas: derechos de las víctimas, violencia doméstica, derechos de niños y jóvenes, derecho a la no discriminación y aborto voluntario.
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El 28 de mayo de ese año dentro del marco del “Día internacional de acción por la salud de las mujeres”, a través de un comunicado desplegado por el GIRE, personalidades de la ciencia y la cultura, entre ellas Octavio Paz, solicitaron la modernización del Código Penal del Distrito Federal para incluir más causas para no penalizar el aborto en la capital y otros estados del país.
No obstante, en enero de 1999 durante la visita del Papa Juan Pablo II, frente a miles de espectadores en el Estadio Azteca y con cobertura nacional en televisión, el pontífice declaró una postura en contra del aborto considerando la vida en el vientre materno como un don precioso y sagrado. Esta declaración influyó en la decisión de las reformas propuestas quedando nuevamente suspendidas.
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El caso Mexicali, una cruda realidad para acceder a un aborto legal
Ese mismo año, un caso en Mexicali desató controversia en materia de aborto; Paulina, una niña de 13 años resultó embarazada producto de una violación. Con conocimiento de las leyes que permitían el aborto en estos casos, la madre de Paulina y la menor solicitaron atención médica para realizar la interrupción del embarazo en una institución de salud pública.
A pesar de tener la autorización legal para realizar el procedimiento, el director del Hospital General de Mexicali, Ismael Ávila y otros funcionarios públicos junto con autoridades religiosas influyeron en la decisión de ambas proporcionando información falsa y obstaculizando el proceso para evitar el aborto.
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Este caso llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, como un acto de violación a los derechos humanos, las criticas resonaron en los medios de comunicación, pero con el cambio de administración en el gobierno estatal de Baja California, no se cumplieron las recomendaciones emitidas por la institución para reparar el daño moral causado a la menor y a su familia.
La cobertura periodística de este caso, que no llegó hasta el año 2000, fue el reflejo de lo que muchas mujeres en la misma situación tenían que enfrentar, donde las leyes permitían realizar el procedimiento, pero las dificultades parar acceder un aborto legal estaban obstaculizadas por criterios subjetivos de quienes dirigían las instituciones de salud y de gobierno.
La despenalización del aborto a inicios del siglo XXI
Con la entrada del nuevo milenio, el aborto se convirtió nuevamente en tema central en la capital del país en un nuevo intento para aplicar reformas del Código Penal del DF, los grupos feministas presionaron a la entonces jefa de gobierno de la ciudad, Rosario Robles para que interviniera. Esta reforma conocida como “Ley Robles” consistía en ampliar las causas que permiten el acceso al aborto sin ser consideradas como un crimen.
La reforma propuesta contempló tres ampliaciones: cambiar el punto de peligro de muerte a grave riesgo de salud para la mujer; autorizar el aborto por malformaciones y se planteó la invalidez de un embarazo por inseminación artificial no consentida. También se estableció en el Código de Procedimientos Penales del DF que el Ministerio Público sería el encargado de autorizar el aborto cuando este fuera legal.
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Ante estas propuestas, el arzobispo de México, dirigentes de la Iglesia Católica y grupos religiosos, expresaron su postura condenando a toda persona que estuviera implicada en la promoción del aborto. Poco después, diputados del PAN y del Partido Verde interpusieron un juicio de inconstitucionalidad ante la ley Robles, sin éxito.
Finalmente, estas modificaciones entraron en vigor en 2002, luego de un largo debate por parte de grupos que estaban en contra. Estas reformas aprobadas se convirtieron en un parteaguas en la creación de leyes para la despenalización y el acceso al aborto en México.
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A partir de esta nueva apertura, los avances en materia legal comenzaron a ver resultados contundentes ya que se contaba con el respaldo de las instituciones gubernamentales a diferencia de los intentos que se habían hecho en décadas pasadas.
Ciudad de México primer ciudad en dar acceso al aborto legal
En 2007, esta apertura alcanzó mayor visibilidad con la organización de foros sobre el tema del aborto por parte de la Asamblea Legislativa, abriendo el debate entre posturas conservadoras y progresistas, así como la participación de abogados y médicos expertos en el tema.
Después de esta serie de debates, mesas de análisis y de diálogo para llegar a un consenso en materia de despenalización del aborto, la Suprema Corte de Justicia de México dictaminó como constitucional la ley de la Ciudad de México que despenaliza la interrupción del embarazo siempre y cuando sea realizado hasta las 12 semanas de gestación.
También se consideró la reforma de las normas sobre la reducción de sanciones para mujeres que practicaran un aborto, proteger a las mujeres que fuesen obligadas a abortar y la reforma de la ley de salud del DF para ofrecer servicios de asesoría y contención durante todo el proceso de interrupción del embarazo, antes y después del mismo.
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Los grupos en contra exigieron una consulta popular y argumentaron la validación del derecho a la vida sin importar el tiempo de gestación; asimismo, solicitaron la derogación de las reformas. A pesar de la presencia de estos grupos detractores, el 24 de abril de 2007 el pleno de la Asamblea Legislativa aprobó la reforma con 46 votos a favor, 19 en contra y una abstención. La ley fue publicada en el Diario Oficial el 26 de abril y entró en vigor al día siguiente.
Esta decisión fue de relevancia histórica, considerada como la consolidación de la lucha por los derechos humanos de las mujeres que se remontaba a inicios del siglo pasado.
A partir de esta nueva ley, todos los hospitales dependientes de la secretaría de salud tenían que ofrecer el servicio de interrupción del embarazo a toda paciente que así lo solicitara, el entonces secretario de salud Manuel Mondragón y Kalb, se comprometió con el tema e inició una campaña para supervisar que los hospitales cumplieran con la nueva normativa y el personal estuviera capacitado para beneficio de las pacientes.
Estos cambios en las leyes del Código Penal ubicó a la Ciudad de México a la vanguardia en materia de la despenalización del aborto a nivel América Latina. El nuevo panorama pudo llegar gracias al esfuerzo de organizaciones feministas y de derechos humanos que mantuvieron un trabajo constante de dialogo con las instituciones gubernamentales.
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Los estados de México aún tienen pendientes en materia de aborto legal
No obstante, los avances en materia de aborto legal, su validez se limitó en la Ciudad de México. En los demás estados de la República la despenalización de aborto se mantiene sujeta al Código Penal de cada estado. Bajo esta dinámica, los estados tiene sus propias causales por las que no se penaliza el aborto, con ello puede apreciarse que hay entidades con una política más restrictiva a comparación de la Ciudad de México y otros estados que han seguido la pauta de las nuevas reformas.
Actualmente, 12 de los 32 estados de la República permiten el aborto con las mismas causales que en Ciudad de México, otros estados lo permiten solo en caso de que se encuentre bajo ciertas circunstancias que apunta el Código Penal de cada entidad.
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Aunque desde 2007 la despenalización del aborto es una realidad en la capital del país, pasaron más de diez años para que los estados comenzaran a aplicar reformas en su Código Penal a favor de la despenalización, siendo Oaxaca el primer estado en aprobar las reformas de su código penal en 2019.
Los estados donde se permite el aborto sin llegar a un juicio penal son los siguientes: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Baja California, Baja California Sur, Colima, Sinaloa, Guerrero, Coahuila, Quintana Roo y Aguascalientes, que apenas se integró a la lista en agosto de 2023.
En los estados donde aún no es legal el aborto es necesario cumplir con las cláusulas del Código Penal de la entidad para poder acceder al servicio de interrupción del embarazo sin repercusiones legales.
El 2023 vino con la despenalización del aborto a nivel federal
Apenas en septiembre de este año, la Suprema Corte por decisión unánime del máximo tribunal de justicia del país exige por ley que cualquier institución de salud pública debe prestar el servicio de interrupción del embarazo de forma gratuita.
En 2021, la Suprema Corte de México había despenalizado el aborto donde tras una votación histórica decidieron por unanimidad que “ninguna mujer iba a ser juzgada penalmente por haber practicado un aborto”.
Actualmente con la nueva resolución expedida por la Suprema corte se ha declarado como “inconstitucional” el castigo del aborto en el Código Penal Federal, ya que es una violación a los derechos humanos, por lo que nadie podrá ser juzgado por la interrupción del embarazo.
Con esta declaración se busca garantizar el acceso un aborto seguro y legal en cualquier centro de salud publica del país y también protege al personal de salud que practique dicho procedimiento.
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Aunque este es un paso importante en la lucha por la despenalización del aborto, es importante recordar que el aborto todavía existe en algunos códigos penales estatales como delito, que, aunque es considerado como delito menor, implica el inicio de un proceso penal que va desde una multa económica, trabajo comunitario, asistir a programas integrales de salud y en casos extremos privación de la libertad entre seis meses a cinco años como pena máxima.
Con este nuevo panorama, las asociaciones e instituciones como el GIRE buscan como nueva meta conseguir la abolición del aborto como delito en todos los códigos penales estatales en México para evitar de manera definitiva la criminalización de la interrupción del embarazo.
Fuentes
- Hemeroteca EL UNIVERSAL
- El aborto en México: avances y dificultades. Liliana Cruz Poot. Centro de Estudios Constitucionales SCJN
- Maternidad o castigo. La criminalización del aborto en México. Grupo de información en reproducción elegida (GIRE).
- El reconocimiento de la Interrupción Legal del Embarazo en México – Gobierno de México.
- La despenalización del aborto en México. Revista Nueva Sociedad.
- Vargas, C. (s.f.). Día de Acción Global por el Acceso al Aborto Legal y Seguro: ¡será ley! En Efemérides Feministas (Coordinación para la igualdad de género UNAM).