Yucatán es uno de los principales puntos turísticos mexicanos. Su atractivo se sustenta en sus impresionantes playas y legendarias zonas arqueológicas, pero en las primeras décadas del siglo XX, sobre todo entre 1920 y 1930, gran parte de sus visitantes iban a divorciarse.
La primera legislación que permitió la disolución oficial del matrimonio civil en México apareció en 1914, cuando el entonces Primer Jefe del Ejército Constitucional, Venustiano Carranza, promovió la controvertida Ley del Divorcio.
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Su consagración llegó en 1917 con la promulgación de la Ley sobre Relaciones Familiares, que estableció bases generales para la separación legal de los matrimonios, pero permitió que las entidades federativas adecuaran los puntos particulares.
La ley de Felipe Carrillo Puerto dio libertad a muchas parejas
La posibilidad de legislar las separaciones conyugales “al gusto” de los estados abrió la puerta a nacionales y extranjeros que sólo querían disolver su matrimonio con rapidez y a bajo costo, estableciendo así los “sitios turísticos para el divorcio”.
En una entrega anterior resaltamos el caso de Chihuahua y Morelos, que tuvieron legislaciones “muy cómodas” para la disolución del matrimonio civil, y ahora toca el turno de Yucatán, donde se promovió una Ley Estatal de Divorcio en 1923, bajo la importante gestión de Felipe Carrillo Puerto.
El gobernador yucateco tuvo un discurso profundamente socialista y liberal, con la repartición de tierras para los trabajadores y la dignificación de los pueblos mayas. Además, respaldó la creciente postura feminista que era tan condenada en otras partes del país.
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Dentro de sus movimientos para promover la igualdad jurídica entre hombres y mujeres, Carrillo Puerto promulgó que cualquiera de los cónyuges pudiera solicitar la disolución matrimonial, sin importar su sexo. Sólo necesitaban ser originarios de Yucatán o residir en el estado durante 30 días y cubrir la cuota de 25 pesos para el juicio de separación.
De acuerdo con el Museo de la Mujer, el gobierno de Carrillo Puerto “defendió el divorcio como medio para la liberación femenina del yugo de matrimonios indeseados”. Las esposas que no quisieran continuar con su convivencia conyugal podían disolver la unión dentro de los juzgados yucatecos en cuestión de días, acción que sería admitida como legítima en cualquier estado o país.
No se discute la intención igualitaria que motivó a Felipe Carrillo Puerto para su ley de separación, pero su idílico romance fuera del matrimonio con una periodista estadounidense también se benefició de su “apertura” al divorcio.
El entonces gobernador estaba casado con María Isabel Palma cuando comenzó una relación extramarital con Alma Reed, una corresponsal que viajó a Yucatán para disolver su primer matrimonio. La estadounidense formó parte del gran número de extranjeros que vieron las leyes mexicanas como su mejor oportunidad de separación sin conflictos ni obstáculos.
Mientras Reed esperaba el tiempo reglamentario para cumplir con su juicio de divorcio, conoció a Carrillo Puerto y ambos quedaron enamorados, según lo comentaron las páginas de EL UNIVERSAL ILUSTRADO.
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El político liberal también quiso divorciarse y formar un nuevo capítulo con la periodista estadounidense. Realizó la solicitud de separación a finales de septiembre de 1923 y su soltería legal quedó oficializada en noviembre del mismo año.
Los planes para casarse con Alma Reed en Nueva York avanzaron con rapidez, pero nunca pudo realizarse la unión, pues agentes delahuertistas asesinaron a Carrillo Puerto en enero de 1924.
Los turistas no iban a nadar, iban a divorciarse
Entre 1920 y 1930 aumentó la fiebre internacional por las disoluciones conyugales y varias regiones de México atrajeron a los interesados, entre ellos la península yucateca.
En el artículo La verdad acerca del divorcio en Yucatán, escrito por “Armando” y publicado en EL UNIVERSAL ILUSTRADO del 2 de octubre de 1924, se mencionan curiosos casos de parejas nacionales y extranjeras que aprovecharon la ley de Carrillo Puerto para separarse.
“A la península de Yucatán ha concurrido una verdadera romería de casados, para quienes el matrimonio ha sido una gran decepción”, mencionó el texto de “Armando”. A comienzos de la década de 1920, fue común ver a empresarios estadounidenses visitando las ruinas de Chichén Itzá como pretexto mientras esperaban la autorización para terminar con su unión conyugal.
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Desde una mujer rusa de exuberante belleza, hasta el reconocido académico y político José Manuel Puig Casauranc, fueron algunos de los solicitantes de divorcio en Yucatán, quienes no tuvieron tanto interés en las aguas claras de la península, sino en sus actas de disolución exprés.
Si se compara la “cómoda” ley de disolución yucateca con las legislaciones estadounidenses que exigían el conocimiento de los dos cónyuges para considerarlo legal y tomaban meses de proceso, no sorprende que miles de casados corrieran a las cortes mexicanas para divorciarse.
Así aumentó el atractivo turístico de Yucatán a comienzos del siglo XX, obviamente engalanado por sus bellezas naturales y legado prehispánico.
Con el paso de los años y después de algunas batallas legales para invalidar los divorcios mexicanos en el extranjero, las legislaciones estatales borraron las trampas y atajos de la disolución conyugal, además de establecer requisitos más responsables.
Aunque lo dicho en La verdad acerca del divorcio en Yucatán se abordó con gran animosidad por la inspiradora “libertad” que a muchos les dio el divorcio yucateco, también tranquilizó a los lectores asustados por tal “libertinaje”.
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“La Ley de Divorcio de Yucatán es sólo para los que viven mal en matrimonio. Para todos aquellos que vivan satisfechos de su media naranja, todas las leyes vigentes y las que en lo sucesivo se pongan en vigor, no tienen ninguna importancia ni significación”, sentenció el divertido reportaje.
- Fuentes:
- Hemeroteca EL UNIVERSAL
- Instituto de Investigaciones Jurídicas (UNAM) – Página Web
- Museo de la Mujer – Página Web