De nueva cuenta, así como lo ha venido haciendo bianualmente desde 2006, la Comisión Europea, en su Reporte sobre la protección y observancia de los derechos de propiedad intelectual en terceros países”, publicado el pasado 9 de enero, concluye que la propiedad intelectual además de ser el principal medio por el cual se obtiene el retorno de inversión y la retribución debida a la innovación y creatividad, es crucial para la competitividad y crecimiento económico de la Unión Europea, en la cual, las empresas intensivas en aquélla generaron y representaron, tan sólo en el periodo comprendido entre 2014-2016, 38.9% del total de empleos (84 millones), 45% de su PIB (6.6 billones de euros) y, 82% de sus exportaciones.

Conclusión que no sólo confirma la necesidad y conveniencia de contar con un sólido, adecuado, eficiente y efectivo sistema de protección y observancia de propiedad intelectual, sino que justifica el esfuerzo de la Unión en monitorear, asesorar e incluso asignar recursos para contar con ello a escala mundial.

El monitoreo realizado por la Unión Europea, a través de información obtenida de diversas fuentes y, sobretodo, de consultas públicas, tiene por objeto identificar temas y países cuyas deficiencias en la protección de la propiedad intelectual puedan representar un riesgo a los intereses económicos europeos. Como temas prioritarios encontramos, entre otros, la omisión por parte de ciertos países en adherirse a tal o cual tratado internacional y, por consiguiente, la omisión de ajustar su normatividad interna a los estándares internacionales, así como las fallas, vicios, limitaciones, en varios aspectos y por parte de autoridades administrativas y jurisdiccionales, que tienen un impacto negativo en la lucha contra la violación de los derechos de propiedad intelectual.

Respecto a los países, éstos se clasifican en tres categorías: Prioridad 1, con China en exclusiva; prioridad 2, en donde encontramos a India, Indonesia, Rusia y Turquía; y, prioridad 3, con Argentina, Brasil y Ecuador, entre otros. Adicionalmente, se incluye una cuarta categoría para los países con los cuales la Unión Europea tiene, o tendrá, tratados de libre comercio y respecto a los cuales estimó conveniente monitorear su sistema de PI: México, Canadá, Corea del Sur y Vietnam.

Respecto a México, el reporte califica como progreso las reformas a la Ley de la Propiedad Industrial de 2018, tanto en materia de marcas —posibilidad de registrar sonidos y aromas; oposición y nulidad de marcas obtenidas de mala fe— como de diseños (ampliación de su vigencia hasta 25 años) y, muy en particular, la inclusión de las indicaciones geográficas al sistema mexicano. No obstante, la Unión Europea señala como temas deficientes, entre otros, la demora en los procedimientos relativos a la violación de derechos de propiedad intelectual; la falta de actuación “de oficio” por parte de la aduana y la no ratificación de nuestro país a ciertos tratados internacionales.

Tanto las conclusiones de la negociación con la Unión Europea, el T-MEC y la iniciativa de reforma a la Ley de la Propiedad Industrial (actualmente en estudio) hacen que dichas preocupaciones puedan disminuir e incluso desaparecer. En efecto: hay tratados como el de diseños (Arreglo de La Haya) que ya fue ratificado y otros que deberán serlo en el momento oportuno; a las autoridades de aduana les serán ampliadas sus facultades, y con la reforma a la Ley y el aprovechamiento de medios digitales se busca que los procedimientos sean más expeditos.

Si a lo anterior le sumamos que en México somos testigos y beneficiarios del apoyo europeo en temas de propiedad intelectual a través del programa IPKey Latin America, podemos afirmar que el orgullo de la Unión Europea sobre su propiedad intelectual se traduce en compromiso hacia ella.

Twitter: @MA_Margain

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