No hay fecha que no llegue ni plazo que no se cumpla. Por fin, la Ley Federal de Protección a la Propiedad Intelectual (LFPPI), promulgada y publicada el 1 de julio pasado, entró en vigor este pasado 5 de noviembre. Con gratitud despedimos a la Ley de la Propiedad Industrial que, por la globalización de la que México fue parte en la década de los 90s –TLCAN e ingresó a la OMC– fortaleció y modernizó el sistema al grado de tener un buen cimiento para sostener los altos estándares de protección, que la nueva ley trae consigo derivados del T-MEC (Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá), TIPAT (Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico) y otros.

México entra a una nueva etapa en materia de propiedad industrial, de la cual sólo se espera desarrollo, crecimiento y bienestar para todos.

La Ley Federal de LFPPI no sólo cumple con los compromisos de negociaciones y tratados internacionales, viene a poner orden en la normativa y en lo institucional y, sobretodo, a facilitar la protección, explotación y observancia de los derechos de propiedad intelectual. En esta nueva época contaremos con un Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) fortalecido y con facultades únicas en el mundo para hacer valer sus resoluciones en beneficio de los titulares de estos derechos, sus licenciatarios e incluso de los consumidores.

Uno de los pilares de esta nueva etapa en la que los usuarios, ya sean emprendedores, Mipymes, grandes empresas, titulares nacionales y extranjeros, veremos beneficios palpables y a corto plazo, es el uso de herramientas digitales en diversos servicios que componen el sistema. Si bien estos medios ya han venido operando –incluso la búsqueda fonética de marcas fue una de las primeras herramientas digitales del gobierno federal– su uso por parte de los usuarios no ha sido el esperado. Con el fin de eficientizar el sistema, el T-MEC prevé la utilización de medios electrónicos para diversos servicios, desde la información de antecedentes de solicitudes, patentes y registros, hasta diversos trámites. La nueva ley prevé estas herramientas y las dota de efectividad legal al grado de no poder dejar de tomarlas en cuenta. Sin duda, un gran acierto.

Utilicemos los medios digitales; aprovechemos y actuemos en concordancia con esta nueva era de nuestro sistema de propiedad intelectual. Nos conviene. Ya no es necesario acudir a las instalaciones del IMPI o delegaciones de la Secretaría de Economía para presentar y dar seguimiento a la casi totalidad de los trámites de obtención y mantenimiento de patentes o registros; desde la comodidad de nuestra casa, oficina o de cualquier lugar podemos revisar nuestro asunto, así como revisar las diversas fuentes de datos que en materia de propiedad intelectual nos proporciona nuestra autoridad como muchas internacionales. Acostumbrémonos y tengamos como obligatorio el uso de nuestras direcciones electrónicas; así será mucho más segura la comunicación con la autoridad para obtener rápidamente la protección a nuestros derechos de propiedad industrial.

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