La inminente extinción del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) representa un retroceso en los mecanismos institucionales diseñados para fortalecer la rendición de cuentas. En el centro de esta crisis se encuentra la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), que hasta ahora ha permitido a la ciudadanía acceder a más de 15 mil millones de datos públicos. Su posible debilitamiento o desaparición plantea interrogantes cruciales sobre el futuro del acceso a la información y la supervisión del ejercicio del poder público.

Desde su creación, la PNT ha sido un pilar para garantizar el derecho de acceso a la información reconocido en nuestra constitución. Esta plataforma no solo facilita las solicitudes de información a las dependencias públicas, sino que también centraliza información clave como los contratos, presupuestos y programas sociales.

Sin embargo, la desaparición del INAI pone en riesgo no solo la operatividad de la plataforma, sino también su esencia misma: la independencia. La PNT es un bien del dominio público y debe permanecer accesible para todas y todos los ciudadanos. Pero, sin una institución autónoma que supervise su manejo, ¿cómo podemos garantizarlo?

El impacto también se extiende al derecho a la protección de datos personales. Habitamos un mundo donde la información es poder, por lo que la falta de un órgano autónomo que salvaguarde este derecho nos deja en un estado de vulnerabilidad alarmante. ¿Qué pasará con los archivos que se encuentran en la PNT? ¿Desaparecerán y se eliminarán? ¿Se le compartirán a las autoridades?

Es cierto que el derecho al acceso a la información no desaparece. El derecho al acceso a la información y la obligación de garantizarlo son conceptos complementarios pero distintos. El primero está reconocido como un derecho humano; sin embargo, este derecho carece de efectividad si no existen mecanismos claros y funcionales para garantizarlo. La garantía del derecho, por tanto, recae en las instituciones del Estado, que deben crear y mantener estructuras que permitan a los ciudadanos ejercerlo de manera plena. La existencia del INAI, por ejemplo, no solo materializaba el derecho al acceso a la información, sino que lo hacía operativo al establecer procedimientos claros, recursos de revisión y estándares que obligaban a las autoridades a rendir cuentas.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que el derecho de acceso a la información es un elemento esencial para el ejercicio pleno de los derechos humanos. En casos como Claude Reyes y otros vs. Chile, la Corte estableció que el acceso a la información pública es un derecho autónomo que está directamente relacionado con la libertad de pensamiento y expresión. Este caso subrayó que los Estados tienen la obligación de proporcionar acceso a la información en poder del gobierno, salvo excepciones estrictamente delimitadas y que el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión comprende “no sólo el derecho y la libertad de expresar su propio pensamiento, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole”.

Asimismo, el sistema universal de derechos humanos, a través del Comité de Derechos Humanos de la ONU, ha reiterado en el marco del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que los Estados tienen la obligación de garantizar que toda persona pueda buscar, recibir y difundir información de manera efectiva. Estos estándares subrayan que el acceso a la información pública es un medio para fomentar la participación ciudadana y fortalecer la rendición de cuentas.

Pero el problema no es solo legal o técnico; también es profundamente simbólico. La transparencia es una condición sine qua non para la democracia. Al debilitar los mecanismos que garantizan el acceso a la información, se manda un mensaje inequívoco.

¿Cómo se defiende el derecho de acceso a la información en este contexto?

En este nuevo panorama, resulta imprescindible que la sociedad civil, las y los periodistas, las organizaciones defensoras de derechos humanos y los medios de comunicación exijan claridad sobre el futuro de la PNT. También es necesario explorar mecanismos alternativos para garantizar el acceso a la información.

El acceso a la información es un derecho humano. La extinción del INAI es un golpe a la transparencia, pero no debe ser el golpe final. La ciudadanía debe alzar la voz, porque cuando se apaga la luz de la transparencia, nos quedamos ante la sombra de la falta de información. Si la democracia es el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo, no hemos de olvidar que el pueblo tiene derecho a saber.

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